Boletín Oficial Nº 2910 - 17 de Septiembre de 2010

Fecha de publicación17 Septiembre 2010
Año2010
Número de Gaceta2910
SecciónContenido Completo
Propiedad Intelectual Nº 187332
B O L E T Í N O F I C I A L
Provincia de La Pampa
REPÚBLICA ARGENTINA
Gobernador:………………………………………………………………….…...……C.P.N. Oscar Mario JORGE
Vice-Gobernador:………………………………………………………….................C.P.N. Luis Alberto CAMPO
Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad: ……………………...………….. Dr. César Ignacio RODRIGUEZ
Ministro de Bienestar Social: ………………………………................ Lic. Gustavo R. FERNANDEZ MENDIA
Ministro de Salud:............................................................................................... Dr. Luis Alberto ORDOÑEZ
Ministro de Cultura y Educación: ……………………………………….............Prof. Néstor Anselmo TORRES
Ministro de la Producción:…………………………………….………..……......... Dr. Abelardo Mario FERRAN
Ministro de Hacienda y Finanzas:.............................................................C.P.N. Ariel RAUSCHENBERGER
Ministro de Obras y Servicios Públicos:.............................................…................... Sr. Paulo BENVENUTO
Secretario General de la Gobernación:.................................................................... Sr. Raúl Eduardo ORTIZ
Secretario de Derechos Humanos:………..……………………….….………....…… Sr. Héctor Rubén FUNES
Secretario de Asuntos Municipales:..................................................................................Sr. Rodolfo CALVO
Secretario Recursos Hídricos:.........................................................….................. Sr. Juan Pablo MORISOLI
Asesor Letrado de Gobierno:......................................................…...................Dra. Daniela Mónica VASSIA
Fiscal de Estado: ......................................................................…........................ Dr. José Alejandro VANINI
.........................................................................................................................................................................
AÑO LVII - Nº 2910 Dirección: Sarmiento 335 SANTA ROSA, 17 de Septiembre de 2010.-
Telefax: 02954- 436323 www.lapampa.gov.ar boletinoficial@lapampa.gov.ar
..........................................................................................................................................................................
SUMARIO
Página
LEY Nº 2580………………………………………………………………………………………………...
Decretos Sintetizados: (Nº 881, 1659, 1879 a 1884, 1889 a 1892, 1901, 1903, 1911 a 1 913,
1917 a 1919, 1922 a 1950, 1952 a 1968, 1970 a 2060, 2062 a 2126, 2128 a 2132, 2138 y
2139)…………………………………………………………………………………………………………
Designaciones: (Nº 1907 y 1969)……………………………………………………………………….
Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad: (Res. Nº 277 y 280)…………………………………..
1906
1906
1935
1936
Ministerio de Bienestar Social: (Res. Nº 612 a 621, 623, 627 a 631, 635, 639, 641 a 645 y
647)…………………………………………………………………………………………………………
Coordinación de Fiscalización: (Disp. Nº 65 a 77)…………………………………………………….
Ministerio de Cultura y Educación: (Res. Nº 1166, 1167, 1176 y 1194)……………………………
Ministerio de la Producción: (Res. Nº 499)…………………………………………………………….
Ministerio de Obras y Servicios Públicos: (Res. Nº 200)……………………………………………...
Secretaría General: (Res. Nº 160)……………………………………………………………………..
1936
1938
1940
1940
1941
1941
Secretaría de Asuntos Municipales: (Res. Nº 399 a 401, 403 a 414, 416 a 426)………………….
Instituto de Seguridad Social- DAFAS: (Disp. Nº 34 y 35)…………………………………………...
1941
1944
Licitaciones:………………………………………………………………………………………………...
Edictos de Minería:……………………………………………………………………………………….
Edictos:……………………………………………………………………………………………………..
1944
1947
1948
Avisos Judiciales:………………………………………………………………………………………….
Jurisprudencia Judicial:…………………………………………………………………………………..
1949
1955
Sección Comercio, Industria y Entidades Civiles:…………………………………………………….
Concursos:………………………………………………………………………………………………….
1956
1960
Pág. N° 1906 Santa Rosa, 17 de Septiembre de 2010 BOLETÍN OFICIAL N° 2910
LEY Nº 2580: CREANDO CARGOS EN EL ÁMBITO DEL MINISTERIO DE CULTURA Y
EDUCACIÓN.-
LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Créanse en el ámbito del Ministerio
de Cultura y Educación los siguientes cargos del
escalafón docente (Ley 1124 y sus modificatorias):
- Nueve (9) cargos de Jefe de Centro de Apoyo
Escolar de segunda categoría.
- Tres (3) cargos de Jefe de Servicio de
Aprendizaje Integral de segunda categoría
- Tres (3) cargos de Jefe de Servicio de
Educación Especial de tercera categoría.
- Dos (2) cargos de J efe de Centro de
Estimulación y Aprendizaje Temprano de
segunda categoría.
- Un (1) cargo de Jefe de Servicio de Educación
Especial de segunda categoría.
- Un (1) cargo de Jefe de Centro de Apoyo
Escolar de tercera categoría.
- Un (1) cargo de Jefe de Centro de Estimulación
y Aprendizaje Temprano de tercera categoría.
- Seis (6) cargos de Psicopedagogo.
- Tres (3) cargos de Psicólogo.
- Dos (2) cargos de Fonoaudiólogo.
- Un (1) cargo de Asistente Social.
- Un (1) cargo de Maestro Integrador.
- Un (1) cargo de Maestro de Grupo.
Artículo 2º.- Establécese que el gasto que
demande el cumplimiento de la presente Ley se
imputará a las partidas específicas del
Presupuesto vigente. Facúltase al Poder Ejecutivo
a efectuar las reestructuraciones y/o
compensaciones presupuestarias necesarias.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de
Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa
Rosa, a los cinco días del mes de agosto de dos
mil diez.-
C.P.N. Luis Alberto CAMPO Vicegobernador
Presidente Cámara de Diputados Provincia de La
Pampa.- Lic. Pablo Daniel MACCIONE
Secretario Legislativo Cámara de Diputados
Provincia de La Pampa.-
EXPEDIENTE Nº 8427/10
Santa Rosa, 17 de Agosto de 2010
POR TANTO:
Téngase por LEY de la Provincia; Dése al
Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase,
comuníquese, publíquese y archívese.-
DECRETO Nº 1888/10
C.P.N. Oscar Mario JORGE Gobernador de La
Pampa.- Néstor Anselmo TORRES Ministro de
Cultura y Educación. C.P.N. Ariel
RAUSCHENBERGER Ministro de Hacienda y
Finanzas.-
SECRETARÍA GENERAL DE LA
GOBERNACIÓN: 17 de Agosto de 2010
Registrada la presente Ley, bajo el
número DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA
(2.580).-
Raúl Eduardo ORTIZ Secretario General de la
Gobernación.-
DECRETOS SINTETIZADOS
Decreto 881 21-V-10- Art. 1º. -
Reestructúranse partidas del presupuesto vigente
de acuerdo a lo establecido en las planillas
obrantes de fojas 3 a 243 del Expediente
5298/10.-
Art. 2º.- Establécese que la “Solicitud de
Restructuración Nº 17489 5”, adjunta a fojas 174,
se auto riza para realizar afectaciones de créditos,
pero se dará curso a los pagos correspondientes
con el efectivo ingreso de fondos afectados a la
Dirección General del Registro de la Propiedad
Inmueble.-
Art. 3º.- Déjase establecido que la
“solicitud de Reestructuración Nº 139495”, adjunta
a fojas 237, se autoriza para realizar afectaciones
de créditos, pero se dará curso a los pagos
correspondientes con el efectivo ingreso de los
fondos afectados al Ente Provincial del Río
Colorado.-
Art. 4º.- El presente Decreto se rá
refrendado por todos los Señores Ministros.-
Decreto Nº 1659 28-VII-10- Art. 1º.-
Dispónese la habilitación de créditos presupues-
tarios para atender erogaciones del mes de
agosto del corriente año, por los montos y
conceptos que figuran en planillas anexas de
fojas 479 a 492 del Expediente Nº 15011/09, de
acuerdo al presupuesto aprobado por Ley Nº
2549.-
BOLETÍN OFICIAL N° 2910 Santa Rosa, 17 de Septiembre de 2010 Pág. N° 1907
Decreto Nº 1879 12-VIII-10- Art. 1º.-
Apruébase la Licitación Pública Nº 01/10, tramitada
por el Departamento Compras y Suministros, y
consecuentemente, adjudícase a la firma AIR
LIQUIDE ARGENTINA S.A., los ítems 3, 4, 5 y 6.-
Art. 2º.- Desestimense los ítems 1 , 2, y
7, por aplicación del Artículo 60 del Decreto
Acuerdo Nº 470/73 y sus modificatorias.-
Art. 3º.- Autorízase al Señor Ministro de
Salud, a suscribir, con la firma indicada el artículo
primero, el Contrato de Prestación de Servicios,
que como anexo forma parte del presente Decreto,
y a prorrogarlo en caso de considerarlo necesario.-
Art. 4º.- Habi litación de Salud, depen-
diente de la Contaduría General, liquidará y pagará
a la firma AIR LIQUIDE ARGENTINA S.A., los
importes mensuales que correspondan por los
servicios efectivamente prestados, de acuerdo a la
forma de pago establecida en el pliego y contra
presentación de la documentaci ón respectiva
debidamente conformada.-
Art. 5º.- Los fondos necesarios a los fines
ordenados precedentemente, se tomarán co n
cargo a la Jurisdicción “X”- Uni dad de
Organización 22 Cuenta 0 Función 310
Sección 1 P.P. 011 p.p. 02 s.p. 03 cl. 00
scl. 000 Control 6, del presupuesto vigente, por
la suma aproximada de $ 90.000,00 y a las
partidas que se le asignen de los Presupuestos
Financieros de los años 2011 y 2012, en caso de
prórroga del contrato, por l a sumas aproximadas
de $ 204.000,00 y de $ 113.900,00
respectivamente (Artículo 10, tercer párrafo de la
Ley Nº 3 de Contabilidad), a cuyo efecto deberá
tomar conocimiento la Legislatura.-
Decreto Nº 1880 12-VIII-10- Art. 1º.-
Apruébase el contrato de locación de servicios
equiparado a la Categoría 14 (Rama Enfermería) -
Ley N° 1279- a suscribir entre el Ministerio de
Salud y la señora Ana María KOLLER -D.N.I. N°
20.108.336 -Clase 1968-, que como anexo forma
parte del presente Decreto, de conformidad a lo
previsto en el artículo 5° de la Ley 1279,
percibiendo los Adicionales por Riesgo Hospitalario
y Sanitario.-
La c ontratación ap robada precedente-
mente, tendrá vigencia entre la fe cha del presente
Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2010.-
Decreto Nº 1881 12-VIII-10- Art. 1º.-
Apruébase el contrato de locación de servicios
equiparado a la Categoría 8 (Rama Profesional
con 44 horas semanales de labor y Dedicación
Exclusiva) -Ley 1279- a suscribir entre el
Ministerio de Salud y la señora Claudia Mabel
AGUIRRE -D.N.I. N° 17.844.888 -Clase 1966-, que
como anexo forma parte del presente Decreto, de
conformidad a lo previsto en el artículo 5° de la Ley
N° 1279, percibiendo los Adicionales por Riesgo
Hospitalario y Sanitario.-
La c ontratación ap robada precedente-
mente, tendrá vigencia entre la fe cha del presente
Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2010.-
Decreto Nº 1882 17-VIII-10- Art. 1º.-
Apruébase el contrato de locación de servicios
equiparado a la Categoría 12 (Rama Técnica) -Ley
N° 1279- a suscribir entre el Ministerio de Salud y
la señora Paola Nair FASANO FERNANDEZ -
D.N.I. N° 28.405.804 -Clase 1980-, que como
anexo forma pa rte del presente Decreto, de
conformidad a lo previsto en el artículo 5° de la Ley
N° 1279, percibiendo los Adicionales por Riesgo
Hospitalario y Sanitario.- La contratación aprobada
precedentemente, tendrá vigencia entre la fecha
del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de
2010.-
Decreto Nº 1883 17-VIII-10- Art. 1º.-
Apruébase el contrato de locación de servicios
equiparado a la Categoría 16 (Rama Servicios
Generales y Mantenimiento) -Ley 1279- a
suscribir entre el Ministerio de Salud y el señor
Juan Carlos MELO -D.N.I. N° 32.747.081 -Clase
1987-, que como anexo forma parte del presente
Decreto, de conformidad a lo previsto en el artículo
5° de la Ley N° 1279, percibiendo los Adicionales
por Riesgo Hospitalario y Sanitario.-La
contratación aprobada precedentemente, tendrá
vigencia entre la fecha del pres ente Decreto y
hasta el 31 de diciembre de 2010.-
Decreto Nº 1884 17-VIII-10- Art. 1º.-
Apruébase el contrato de locación de servicios
equiparado a la Categoría 14 (Rama Técnica) -Ley
N° 1279- a suscribir entre el Ministerio de Salud y
la señora María del Carmen GANORA -D.N.I. N°
20.421.596 -Clase 1968-, que como anexo forma
parte del presente Decreto, de conformidad a lo
previsto en el artículo 5° de la Ley 1279,
percibiendo los Adicionales por Riesgo Hospitalario
y Sanitario.-
La c ontratación ap robada pr ecedente-
mente, tendrá vigencia entre la fe cha del presente
Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2010.-
Decreto Nº 1889 17-VIII-10- Art. 1º.-
Apruébase el contrato de locación de servicios
equiparado a la Categoría 9 (Rama Técnica) -Ley
N° 1279- a suscribir entre el Ministerio de Salud y
la señora Vanina Cintía SOMOZA -D.N.I.
27.301.181 -Clase 1979-, que como anexo
forma parte del presente Decreto, de
conformidad a lo previsto en el artículo 5° de la
Ley N° 1279, percibiendo los Adicionales por
Riesgo Hospitalario y Sanitario.-
La contratación aprobada precedente-
mente, tendrá vigencia entre la fecha del
presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de
2010.-

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