Ley N° 2580
Firmantes | De Estrada-Bello |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman |
Emisor | Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 6 de Diciembre de 2007 |
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
LEY N° 2580
ESTABLECE EL RÉGIMEN DE HABILITACIÓN DE ESTADIOS DE FÚTBOL DE LA CABA
Buenos Aires, 06/12/2007
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley:
Establécese un régimen de regularización de la situación de los estadios de fútbol ubicados actualmente en el ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en lo referente a su habilitación exclusivamente, que tendrá vigencia por seis (6) meses.
La Comisión de Estadios de Fútbol, creada mediante Decreto N° 1.696/05 entenderá en el régimen de regularización de la situación de los estadios de fútbol, conforme lo estipulado en el artículo precedente.
La comisión emitirá un informe final respecto de cada estadio de fútbol ubicado en el ejido de la Ciudad de Buenos Aires, expresando si corresponde o no su habilitación con carácter previo al dictado del pertinente acto administrativo. Dicho informe deberá emitirse en el plazo de treinta (30) días hábiles administrativos contados a partir de la sanción de la presente. Los actos administrativos que se dicten apartándose del criterio sustentado en el mismo deberán explicitar las razones de hecho y de derecho en que se funden.
La Comisión de Estadios de Fútbol elevará a esta Legislatura, en un plazo de cuarenta cinco (45) días de aprobada la presente, los siguientes informes:
-
Un informe de lo actuado desde su creación hasta la fecha de sanción de la presente;b) Un informe sobre las presentaciones efectuadas por los representantes legales de los estadios de fútbol emplazados en el ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires referidas a la documentación necesaria para cumplir con la normativa vigente en lo referente a su habilitación;c) Un relevamiento de cada uno de los estadios de fútbol en lo referente a higiene seguridad y funcionamiento;d) Efectuar las recomendaciones pertinentes para establecer las condiciones convenientes de seguridad, así como las necesarias para adecuar los estadios a la normativa vigente.Expone los informes a la Legislatura, ante la Comisión de Seguridad, antes del 1° de abril de 2008.
En el caso de los estadios de fútbol que, a fin de adaptar su planta física a los requisitos de...
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