Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2, 24 de Enero de 2024, expediente FRE 000090/2024/CA001

Fecha de Resolución24 de Enero de 2024
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –Secretaría Penal N °2-

Resistencia, a los veinticuatro días del mes de enero del año dos mil veinticuatro.

Y VISTO:

Estos autos registro de Cámara Nº FRE 90/2024/CA1,

caratulados: “SIMÓN, ROMUALDO FERNANDO SOBRE HÁBEAS

CORPUS”, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de Formosa y;

CONSIDERANDO:

  1. - Que la presente acción de hábeas corpus arriba a esta Alzada en consulta por imperio de lo normado en el segundo párrafo del art. 10 de la Ley 23.098.

  2. - La acción constitucional y sumarísima se inició a raíz de la presentación efectuada por la Defensa Pública Oficial, Dras. R.M.M. y M.E.P., en representación de R.F.S., denunciando que el mismo se encuentra desaparecido desde el 05 de enero del 2024.

    En tal ocasión, reseñan que S. es un joven menor de edad (17 años), perteneciente a la comunidad indígena Lacka-Wichí de Pozo del Tigre y que su madre, A.S. y los restantes integrantes de la comunidad se encuentran preocupados por la vida e integridad física del nombrado.

    Asimismo, ofrecen pruebas y solicitan se orden la intervención al Sistema Federal de Búsqueda de Personas Desaparecidas (Sifebu).

    3- Efectuado el análisis de admisibilidad, la Magistrada de anterior grado declara la incompetencia del fuero federal. Para así

    decidir, destaca que el curso de la investigación por la desaparición del beneficiario se encuentra a cargo del Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial, del Trabajo y de Menores de Pozo del Tigre, por lo que el objeto principal de la presente acción ya se encuentra bajo tratamiento e investigación ante la Administración de Justicia que intervino primigeniamente ante su denuncia.

    Argumenta que del análisis de los hechos, no se infiere que la desaparición del beneficiario resulte vinculado a hechos o actos atribuibles a una autoridad pública federal o nacional.

    Asimismo señala que los hechos denunciados de violencia institucional fueron presuntamente ejercidos por la policía de la Provincia realizadas en el marco de averiguaciones del paradero de R.S. y contra las personas que habrían estado en compañía del nombrado en los momentos previos a su desaparición, por lo corresponde actuar, en este caso concreto, a los tribunales provinciales.

    Destaca que la justicia federal es de excepción, en orden a lo previsto en el art. 116 de la C.N. y art. 33 del CPPN y específicamente Piense Antes De Imprimir. Ahorrar Papel Es Cuidar El Medioambiente Fecha de firma: 24/01/2024

    Firmado por: GUSTAVO DAVID E CHARPIN, SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA

    en la acción de habeas corpus, se establece que los jueces federales intervendrán cuando “Cuando el acto denunciado como lesivo emana de autoridad nacional" (art. 8).

    En virtud de ello, dispone la remisión de la causa al Juzgado de Instrucción Penal Judicial de la Provincia de Formosa. Por último,

    ordena elevar los autos en consulta.

  3. - Elevada la causa en consulta y radicada ante esta Cámara,

    se informa por Secretaría que se verifica en autos un supuesto de actuación unipersonal en virtud de tratarse de una cuestión de competencia, por lo cual resulta aplicable la Ley 27.384. Asimismo, se informa que del sorteo efectuado en la presente, resultó desinsaculada la suscripta, al tiempo que se corre vista al Ministerio Público Fiscal, a sus efectos.

    Oportunamente, el Defensor Público Oficial Subrogante, Dr.

    J.M.C., solicitó se revoque el resolutorio de la Jueza de Primera Instancia que declara la incompetencia del Juzgado Federal de Formosa y se ordenen con urgencia las medidas preventivas solicitadas por el Ministerio Público de la Defensa.

    Seguidamente, el Fiscal General emitió su dictamen. Luego del relato de las circunstancias de la causa, consideró que el hecho de haberse denunciado conductas de violencia institucional por parte de la policía provincial y ante la ignorancia de...

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