Aviso Oficial

Fecha de publicación07 Enero 2009
Fecha de disposición07 Enero 2009
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31567

AVISOS OFICIALES Nuevos MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESOLUCION GENERAL Nº 2300 -TITULO II.

REGISTRO FISCAL DE OPERADORES EN LA COMPRAVENTA DE GRANOS Y LEGUMBRES SECAS.

INCLUSION. ACOPIADORES CUIT APELLIDO Y NOMBRE, DENOMINACION O RAZON SOCIAL CBU 30-70850382-3 POLITANO CEREALES S.A. 0110175720017500170650

La presente publicación se realiza en virtud de lo ordenado por el Dr. Mario Oscar Favero Juez Federal Subrogante del Juzgado Federal de la Ciudad de Bell Ville , en los autos caratulados 'POLITANO CEREALES SA C/AFIP S/ACCION DECLARATIVA DE CERTEZA', EXPTE: 15-P-2008.

Se deja constancia que la misma se hace efectiva a partir del día 29/12/2008 con la publicación en la página WEB de la A.F.I.P.

Cont. Púb. ANA MARIA BRANA, Directora, Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada.

e. 07/01/2009 Nº 704/09 v. 07/01/2009 PRESIDENCIA DE LA NACION SINDICATURA GENERAL DE LA NACION Resolución Nº 101/2008

Bs. As., 15/12/2008

VISTO las Decisiones Administrativas Nº 477 del 16 de septiembre de 1998 y Nº 120, del 25 de abril de 2008, y CONSIDERANDO:

Que a través de la Decisión Administrativa Nº 120/2008 se incorporó el cargo de SINDICO GENERAL DE LA NACION a los artículos 1º, 2º y 3º, así como en el inciso b) de la Planilla anexa al artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorios.

Que así las cosas, habida cuenta que en el presente ejercicio se ha registrado un excedente no utilizado de las Unidades Retributivas asignadas por la citada normativa, se entiende pertinente proceder a su distribución, de conformidad con lo prescripto en el artículo 3º inciso c) de la citada Decisión Administrativa Nº 477/98.

Que en tal sentido, corresponde asignar un suplemento extraordinario al personal que se detalla en el Anexo I de la presente, equivalente a las unidades retributivas que allí se indican, a pagar por única vez junto con los haberes del mes de diciembre del presente año.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente, en virtud de las atribuciones conferidas por las Decisiones Administrativas Nº 477/1998 y Nº 120/2008.

Por ello,

EL SINDICO GENERAL DE LA NACION RESUELVE:

ARTICULO 1º

Asígnase al personal que se detalla en el Anexo I que forma parte de la presente, un suplemento extraordinario equivalente a las Unidades Retributivas que en cada caso se consignan, a pagar por única vez con los...

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