Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE NEUQUEN, 18 de Diciembre de 2017, expediente FGR 083000873/2012/TO01

Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE NEUQUEN

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE NEUQUEN FGR 83000873/2012/TO1 Neuquén, 11 de diciembre de 2017.-

AUTOS y VISTOS: El cómputo de pena –unificada- practicado a fs. 943/944 respecto del condenado E.M.P., en la presente causa caratulada: “PLUTT, E.M. –

CASTILLO, L.E.S./ FALSIFICACIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS”, EXPTE. NRO. FGR. 83000873/2012/TO1, y, CONSIDERANDO:

  1. Que el mismo fue notificado en legal forma a las partes, Sra. Fiscal General S. y S.. Defensores de confianza a fojas 943 vta. y 950 —respectivamente—; y a E.M.P. conforme constancias de fojas 953/954, en consecuencia y no existiendo objeciones, corresponde su aprobación.-

  2. Por ello y atento lo establecido en el art. 493, párrafo del C.P.P.N, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén.

RESUELVE:

PRIMERO

APROBAR EL CÓMPUTO de la pena –unificada- de prisión impuesta conforme decisorio nº

160/2017 a E.M.P., titular del D.N.I n°

33.476.583, la que agotará el día 04 de marzo de 2021 a las 12 horas.

SEGUNDO

R., notifíquese y líbrense las comunicaciones de práctica. F., otórguese al Sr.

Fecha de firma: 18/12/2017 Firmado por: E.K., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.W.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: V.H.C. #8727424#195538957#20171211110848118 Magistrado a cargo de la judicatura de Ejecución Penal la intervención que por ley corresponde.-

Ante mí:

NOTA: El doctor O.A.C. no suscribe la presente por encontrarse fuera de la jurisdicción (arg. art. 109 del R.J.N y 399 ‘in fine’ del C.P.P.N). CONSTE.-

Neuquén, 11 de diciembre de 2017.-

Al Sr. Director Fecha de firma: 18/12/2017 Firmado por: E.K., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.W.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: V.H.C. #8727424#195538957#20171211110848118 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE NEUQUEN FGR 83000873/2012/TO1 Registro Nacional de Reincidencia CAPITAL FEDERAL OFICIO Nº /17.

UNIFICACION -Cómputo de Pena Fecha dictado del auto interlocutorio: 20 de septiembre de 2.017.-

Tribunal interviniente: Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén, autos “PLUTT, E.M. –

CASTILLO, L.E.S./ FALSIFICACIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS”, EXPTE. NRO. FGR. 83000873/2012/TO1 (originario del Juzgado Federal de Primera Instancia de Neuquén)

Apellido: PLUTT Nombre: E.M.S.: masculino Fecha de Nacimiento: 25/05/1982 Nacionalidad: argentina DNI: 33.476.583 Nombre del padre: D. BACON Apellido y nombre de la madre: PLUTT, N.B..

Fecha de comisión del hecho: 31 de octubre de 2008 Fecha de firma: 18/12/2017 Firmado por: E.K., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.W.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: V.H.C. #8727424#195538957#20171211110848118 TESTIMONIO: Neuquén, 20 de septiembre de 2017.-

AUTOS Y VISTOS:

Estos autos caratulados “PLUT ELÍAS MATÍAS – CASTILLO LORENA EUGENIA S/ DELITO C/ FE PÚBLICA”, EXPTE. NRO. FGR.

83000873/2012/TO1 con la integración unipersonal del Dr.

E.K. conforme lo prevé la Ley 27.307; y para resolver solicitud de unificación de penas en orden al incuso E.M.P.,RESULTANDO:... 1.- Que el Tribunal Oral en lo Criminal N°8 de Capital...

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