Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 9 de Febrero de 2022, expediente FSA 000980/2018/CA001

Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PREVISIONAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I

ARIAS, DOMINGO VICTORINO

c/ ANSES s/ REAJUSTES VARIOS

EXPTE. Nº FSA 980/2018/CA1

(Juzgado Federal Nº 1 de Salta)

ta, de febrero de 2022.

VISTO:

El recurso extraordinario interpuesto por la ANSeS en fecha 28/12/21 en contra de la sentencia dictada por este Tribunal el 15/12/21, y CONSIDERANDO:

I) Que corresponde recordar que esta S.I. rechazó los agravios de la ANSeS dirigidos a cuestionar lo decidido en grado sobre la redeterminación del haber inicial, el posterior reajuste por movilidad, los topes de los arts. 24 y 26 de la ley 24.241 y, consecuentemente, confirmó lo decidido en la anterior instancia sobre dichos aspectos; rechazó el agravio de la demandada vinculado a la aplicación de los índices previstos en la ley 27.260,

el decreto 807/16 y la resolución de la Secretaría de Seguridad Social de la Nación 6/16, de conformidad con el precedente “B., L.O.”

(Fallos: 341:1924); rechazó los agravios de la Anses dirigidos a cuestionar lo decidido en grado respecto al reajuste por movilidad del haber del actor, con los alcances indicados en el antecedente de esta S.I. “Alaniz, D.H. c/

Anses s/ Reajustes Varios” Expte. 16065/18, sent. del 10/8/21; confirmó el diferimiento de la valoración de la procedencia del reclamo del recálculo de la 1

Fecha de firma: 09/02/2022

Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.V.C.O., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado por: SANTIAGO FRENCH, JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I

PBU para la etapa de liquidación, de conformidad con el fallo “Q., C.A.” (Fallos: 337:1277) y con los alcances indicados en los antecedentes de esta S.I. “S., H.N. c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” Expte.

1546/17, sentencia del 2/6/20 y “C., P.d.V. c/ Anses s/

Reajustes Varios” Expte. 16332/17, sentencia del 18/8/20, que pasan a formar parte del presente resolutorio; hizo lugar al agravio de la demandada referido a la tasa de sustitución y, de acuerdo con el criterio adoptado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en autos “B., G.c. s/

Previsional” del 12/6/18 y esta S. en “P., M.A. c/ ANSeS s/

Reajustes varios”, expte. N° 9453/16 del 14/8/18, revocó lo decidido al respecto.

II) Que en su recurso extraordinario el organismo previsional alega la existencia de cuestión federal por cuanto afirma que hubo interpretación de normas de esa naturaleza, como lo son las leyes 18.037,

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