Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes, 7 de Noviembre de 2011, expediente 9.021/11

Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2011

Poder Judicial de la Nación Resolución Nº 3758

Corrientes, siete de noviembre de dos mil once.

Visto: las actuaciones “Apelación de Auto de Procesamiento en Expte.

2-21.305/11” N° 9021/11 del registro de este tribunal, provenientes del Juzgado Federal de Paso de los Libres.

Considerando:

Que ingresan estos obrados a la Alzada, en virtud de los recursos de apelación interpuestos por la defensa oficial contra el auto por medio del cual la jueza de anterior grado decretó el procesamiento de los imputados E.B.T. y A.C., en orden al delito de transporte de estupefacientes (art. 5 inc. “c”, de la Ley 23.737).

Verificado que fuera el cumplimiento de los recaudos de admisibilidad formal, corresponde adentrarse al tratamiento de los agravios expuestos por los recurrentes.

La defensa del imputado T. alega la nulidad del acta de fs. 7/8

y vta., al igual que todos los actos que son su consecuencia, por entender que dicha pieza ha sido tergiversada por los funcionarios de Gendarmería Nacional que participaron en el operativo, ya que primero requisaron el auto USO OFICIAL

sin orden judicial y luego de haber encontrado estupefacientes en su interior,

trajeron el can detector de narcóticos y los testigos de actuación, efectuando un simulacro que se plasmó en el acta cuestionada. También asevera que la jueza a quo no ha valorado adecuadamente las manifestaciones de descargo vertidas por su defendido. Asimismo, cuestiona la prisión preventiva decretada y el embargo trabado sobre los bienes del procesado, por considerar que tales medidas son desproporcionadas, poniendo énfasis en señalar que en la especie no se ha tenido en cuenta el criterio sentado por la Cámara Nacional de Casación Penal en el Fallo Plenario N° 13, dictado in re “D.B.”, pues –a su juicio- en la pieza recurrida no se consignan las circunstancias relativas a la peligrosidad procesal que impediría la liberación provisional de su asistido.

Por todo ello, pide la revocación del auto cuestionado y la inmediata libertad de su asistido o la nulidad de las actuaciones.

Por los mismos motivos que se consignan precedentemente, la defensa de Céspedes solicita se declare la nulidad del procedimiento, cuestionando la prisión preventiva de su asistido y el embargo trabado sobre sus bienes.

Hacen expresa reserva del Caso Federal frente al supuesto de una resolución adversa.

En consonancia con la Acordada 82/10 -adoptada por mayoría- y el art.

454 del CPPN, a fs. 151/156 y vta., y 157/161 se agregan los memoriales sustitutivos del informe oral, en los que se reiteran los agravios ya puntualizados al interponer los recursos. Por su parte, al contestar la vista a fs. 147, el Fiscal Federal manifiesta que no adhiere a los planteos impugnativos de la defensa.

Examinados los argumentos desarrollados por cada uno de los apelantes, estimados conducentes para decidir la cuestión puntual sometida a estudio de este tribunal, al igual que los fundamentos dados por la jueza a quo en los considerandos de la resolución puesta en crisis, se arriba a la conclusión de que los recursos articulados no podrán ser acogidos favorablemente.

Ello es así, toda vez que de las constancias compiladas en el Acta de Prevención N° 18/11 obrante a fs. 5/33, y de las declaraciones de las personas que oficiaron de testigos de actuación, glosadas a fs. 68/69 y vta., y 71/72 y vta., y las de los funcionarios de la autoridad preventora obrantes a fs. 99/100, 102/103 y vta., 105/106 y vta. y 141/142 y vta., todos del legajo que se tiene a la vista, surge suficientemente acreditado -para la etapa procesal que se transita- que en la madrugada del 28 de julio de 2011,

personal de Gendarmería Nacional que efectuaba controles propios de su competencia sobre la Ruta Nacional N° 14, en el Departamento de Santo Tomé (Corrientes), procedió a examinar un...

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