Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 16 de Diciembre de 2016, expediente FSM 016081560/2011/CA001

Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de San Martín Causa FSM 16081560/2011/CA1 “A., V.O. c/ Estado Nacional –

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos -Servicio Penitenciario Federal s/ Suplementos Fuerzas Armadas y de Seguridad”

Juzgado Federal San Martín 2 Secretaría 1 SALA II En San Martín, a los 16 días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis, se reúnen en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala II de esta Cámara Federal, a fin de pronunciarse en los autos caratulados “AMAYA, VÍCTOR ORLANDO C/ ESTADO NACIONAL – MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS -

SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL S/ SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD”. De conformidad con el orden de sorteo, El D.H.D.G. dijo:

  1. El objeto procesal actual en este expediente, conforme lo reclamado en la demanda, es la incorporación al concepto “sueldo” -con carácter remunerativo y bonificable-

    de los aumentos salariales otorgados mediante los decretos 2807/1993, 1275/2005, 1223/2006, 872/2007, 884/2008 y 752/2009, con más sus retroactividades y costas (cfr. fs.

    47/69vta.).

    En lo que resulta de interés, se consigna que la Sra. Jueza de Primera Instancia hizo lugar a la demanda interpuesta y declaró el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos otorgados por el decreto 2807/1993 y sus modificatorios, 1275/2005, 1223/2006, 872/2007, 884/2008 y 752/2009 y ordenó su integración al concepto sueldo en los términos de los precedentes “ZANOTTI” e “IBAÑEZ CEJAS”. Asimismo condenó a la accionada Fecha de firma: 16/12/2016 Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.S.Z., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA #15988142#167754860#20161222114330512 “Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional”

    Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de San Martín Causa FSM 16081560/2011/CA1 “A., V.O. c/ Estado Nacional –

    Ministerio de Justicia y Derechos Humanos -Servicio Penitenciario Federal s/ Suplementos Fuerzas Armadas y de Seguridad”

    Juzgado Federal San Martín 2 Secretaría 1 SALA II al pago de las retroactividades no prescriptas, con más la tasa de interés promedio de la caja de ahorro común que publica el BCRA desde que cada suma es debida y hasta su efectivo pago. Imputó las costas a la vencida y difirió la regulación de los honorarios de los profesionales intervinientes (cfr. fs. 207/211).

    Tal pronunciamiento fue apelado tanto por la accionante (cfr. fs. 217 y fs. 242/247) como por la accionada (cfr. fs. 221 y fs. 235/241vta.), con réplica de la primera (cfr. fs. 249/253vta.).

  2. a) La actora se agravió, en primer lugar, por cuanto en la sentencia de grado se dispuso la liquidación de las diferencias adeudadas en base a los términos del precedente “ZANOTTI”, el cual, a su criterio, implica una disminución de los haberes que le corresponden.

    Asimismo, sostuvo que el mentado fallo se aplica únicamente a las Fuerzas Armadas, Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina y, en consecuencia, su aplicación en el ámbito del Servicio Penitenciario resulta de práctica imposible.

    Por último, solicitó se impongan las costas a la accionada.

    Fecha de firma: 16/12/2016 Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.S.Z., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA #15988142#167754860#20161222114330512 “Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional”

    Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de San Martín Causa FSM 16081560/2011/CA1 “A., V.O. c/ Estado Nacional –

    Ministerio de Justicia y Derechos Humanos -Servicio Penitenciario Federal s/ Suplementos Fuerzas Armadas y de Seguridad”

    Juzgado Federal San Martín 2 Secretaría 1 SALA II b) Por su parte...

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