Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 17 de Marzo de 2017, expediente CSS 061260/2012/CA001

Fecha de Resolución17 de Marzo de 2017
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3 SENTENCIA DEFINITIVA EXPEDIENTE NRO: 61260/2012 AUTOS: “ALVAREZ ELPIDIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”

Buenos Aires, EL DR. N.A.F. DIJO:

I.

De las constancias de autos surge que la Sra. Juez S. a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social nro. 3 hizo lugar a la pretensión, por lo que ordenó recalcular el haber inicial de la prestación acordada al amparo de las leyes 24.241, (art. 6) 25.994 y Res. G.. AFIP Nro. 1823/2005 (PBU/PC MORATORIA –REP. en atención a los servicios autónomos acreditados con F.A.D. al 5.07.06) y su posterior movilidad según los lineamientos desarrollados en sus considerandos.

Contra lo así resuelto se dirige el recurso de apelación de la demandada, que fue concedido libremente y sustentado a fs. 66/72.

En su memorial se agravia de la cuestión de fondo, haciendo especial hincapié en la movilidad ordenada cfr. “B.”, de lo decidido en torno a la PBU, del art. 24 de la ley 24.241 y de una supuesta aplicación del caso “M.”.

Corresponde a la Sala pronunciarse al respecto en la medida que resulta conducente para dilucidar la controversia de autos, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 265, 266, 271 y 277 del CPCCN.

II.

La cuestión relativa al cómputo de las categorías cotizadas por el USO OFICIAL trabajo autónomo para la determinación del haber inicial ha sido objeto de consideración en reiterados pronunciamientos de esta Sala y el criterio discernido en esos casos (computar el total de las categorías aportadas aún cuando el régimen aplicable era el de la ley 18038 y sus modificatorias que sólo mencionaba los últimos 15 años de aportes) fue avalado el 20.5.03 por la C.S.J.N. in re “Makler, Simón c/ ANSeS s/ Inconstitucionalidad ley 24463", quedando excluidas del ajuste que se ordena las categorías incluidas por moratoria art. 6 de la ley 25994 (cfr. causas 56199/11 “S.G. C/ANSES S/REAJUSTES VARIOS” y 46387/10 “USSEGLIO ALCIDES PEDRO C/ANSES S/REAJUSTES VARIOS”, en las que recayeron sentencias definitivas el 3.9.12 nros. 147637 del 3.9.12 y 147.638 del 3.11.12, publicadas en Boletín de Jurisprudencia de la C.F.S.S. nro. 55 – Año 2012 (la primera de las nombradas) y A.P. on line nros.: AP/JUR/3996/2012 y AP/JUUR/4273/2012).

Por otra parte, en materia de movilidad de las prestaciones previsionales, este Tribunal viene haciendo remisión a las pautas establecidas por la C.S.J.N. en el precedente “B., A.V. (8.8.06 y...

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