Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - Sala III, 10 de Octubre de 2013, expediente FLP 000465/2012
Fecha de Resolución | 10 de Octubre de 2013 |
Emisor | Sala III |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III
FLP 465/2012/CA2
Plata, 10 de octubre 2013.
VISTO: Este expediente n° 465/2012,
Dcción. G.. de Aduanas s/dcia. pta. inf. ley 23.737
, procedente del Juzgado en lo Federal n°
1, de esta ciudad, Secretaría 3, y CONSIDERANDO:
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El caso:
Llegan los autos a esta instancia para el tratamiento del recurso de apelación interpuesto por la defensa de Á.E.A. (fs. 376/377
y vta.), contra la decisión que dispuso su procesamiento como autor penalmente responsable del delito de tentativa de contrabando de exportación, agravado por tratarse de estupefacientes (art. 866 en función del 863 y 872, de la ley 22.415), ver fs. 373/374 y vta.
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La causa:
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Los antecedentes de trámite de la misma se encuentran suficientemente relatados en la anterior intervención de esta Sala (fs.
308/312, bajo el nro. de expte. 6597/III) a la que corresponde remitir a ese respecto.
En ella se decidió anular el procesamiento entonces dictado (por la instancia anterior, de fs. 286/287 y vta.) por falta de motivación o fundamentación en los términos de los arts. 123 y 308, del C.P.P., destacando la falta de congruencia entre la calificación de los hechos informada al imputado en su declaración y aquella en función de la que se lo responsabilizaba.
También se dispuso la prosecusión de la investigación según su estado, con arreglo a lo expuesto en cierta parte de aquella resolución.
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Devueltas las actuaciones, el juez dispuso las medidas sugeridas (ver fs. 316).
2.1. La declaración de la esposa del investigado se cumplió como consta a fs. 322 y vta.
Ella expuso: a) que vivía y continua haciéndolo, con Á.A. y la hija de ambos en la calle 18 entre 77 y 78, en una vivienda de su suegra; b) que quien les presentó a “A.” era una connacional suya, de República Dominicana a quien conoció allí ―por ser vecina―; c) que ambas vinieron a vivir a Argentina en distintos momentos y se encontraron aquí en 2009; d) que no conoce el domicilio que aquella tenía, que nunca fue allí ya que ella la visitaba; e) que en 2009 esta persona estaba en pareja con “A.” ―de quien no recuerda el apellido― a quien vio tres o cuatro veces antes de viajar a su país de origen por una enfermedad de su madre; y f) que cuando regresó
esa relación sentimental se había terminado.
Expuso que no conoce el domicilio de A. ni algún otro dato suyo y que tampoco conoce directamente el hecho investigado ya que éste sucedió durante su ausencia del país,
refiriendo...
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