Resolución 1391/2014
Fecha de disposición | 25 Agosto 2014 |
Fecha de publicación | 12 Septiembre 2014 |
Sección | Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 32967 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución 1391/2014Bs. As., 25/8/2014
VISTO el Expediente Nº 1.630.548/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 24.013, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 90 del Expediente Nº 1.630.548/14 el SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL VIDRIO Y AFINES y la empresa DE LISI SOCIEDAD ANONIMA celebran un acuerdo directo, de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que si bien se encuentra vigente lo regulado en la ley 24.013 y el Decreto Nº 265/02 que impone la obligación de iniciar un Procedimiento de Crisis con carácter previo al despido o suspensión de personal, atento al consentimiento prestado por la entidad sindical en el acuerdo bajo análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la situación de crisis que afecta a la empresa, resultando la exigencia del cumplimiento de los requisitos legales un dispendio de actividad.
Que en dicho texto las partes acuerdan reducir la jornada laboral a los trabajadores de la firma antes mencionada y en consecuencia reducen proporcionalmente la remuneración de dichos trabajadores.
Que a foja 91 del Expediente Nº 1.630.548/14, obra la nómina del personal afectado.
Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta en autos.
Que en razón de lo expuesto, procede la homologación del mismo, el que será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.
Que por último, deberá hacérsele saber que de requerir cualquiera de las partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15 de la Ley Nº 20.744, es necesario que los trabajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la Autoridad Administrativa competente.
Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis toma la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
— Decláranse homologados el Acuerdo y la...
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