Resolución Nº 164/GCABA/ISSP/14

FirmantesDe Langhe
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorInstituto Superior de la Seguridad Pública
Fecha de la disposición29 de Agosto de 2014

VISTO:

Las Leyes N° 2.894 y N° 2.895, el Decreto N° 316/10, las Resoluciones N°

1058/SSGECP/13, N° 14/ISSP/13, N° 35/ISSP/13 y N° 5/ISSP/14, la Nota N°

12058814/SAISSP/14 y el Expediente Electrónico N° 12081081/MGEYA/SGISSP/14, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.894 establece las bases jurídicas e institucionales del Sistema de

Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y encomienda al

Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción

política e institucional de dicho sistema, creando asimismo la Policía Metropolitana y el

Instituto Superior de Seguridad Pública;

Que el Artículo 56 de la mencionada Ley dispuso la creación del Instituto Superior de

Seguridad Pública como ente autárquico, dependiente orgánica y funcionalmente del

Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que asimismo, la Ley N° 2.894 en su Artículo 57 establece que el Instituto Superior de

Seguridad Pública tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar

funcionalmente al personal de la Policía Metropolitana, a los/as funcionarios/as

responsables de la formulación, implementación y evaluación de las políticas y

estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del

sistema policial, a todos aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los

asuntos de la seguridad, así como también la investigación científica y técnica en

materia de seguridad ciudadana de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad

de oportunidades, mérito y capacidad;

Que por su parte, la Ley N° 2895 fija el marco jurídico e institucional del Instituto

Superior de Seguridad Pública, definiendo sus objetivos y constituyéndolo como una

instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública

a través de la formación y capacitación continua y permanente de los actores

involucrados;

Que de la normativa citada, se desprende que la Ley ut-supra referenciada erige como

función primaria del Instituto, la misión de formar profesionalmente y capacitar

funcionalmente al personal de la Policía Metropolitana, a los/as funcionarios/as

responsables de la...

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