Resolución Nº 163/GCABA/ISSP/14
Firmantes | De Langhe |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Instituto Superior de la Seguridad Pública |
Fecha de la disposición | 29 de Agosto de 2014 |
VISTO:
Las Leyes N° 2.894 y N° 2.895, el Decreto N° 316/10, las Resoluciones N°
1058/SSGECP/13, N° 14/ISSP/13, N° 35/ISSP/13 y N° 5/ISSP/14, la Nota N°
12057945/SAISSP/14 y el Expediente Electrónico N° 12080981/MGEYA/SGISSP/14, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.894 establece las bases jurídicas e institucionales del Sistema de
Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y encomienda al
Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción
política e institucional de dicho sistema, creando asimismo la Policía Metropolitana y el
Instituto Superior de Seguridad Pública;
Que el Artículo 56 de la mencionada Ley dispuso la creación del Instituto Superior de
Seguridad Pública como ente autárquico, dependiente orgánica y funcionalmente del
Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que asimismo, la Ley N° 2.894 en su Artículo 57 establece que el Instituto Superior de
Seguridad Pública tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar
funcionalmente al personal de la Policía Metropolitana, a los/as funcionarios/as
responsables de la formulación, implementación y evaluación de las políticas y
estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del
sistema policial, a todos aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los
asuntos de la seguridad, así como también la investigación científica y técnica en
materia de seguridad ciudadana de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad
de oportunidades, mérito y capacidad;
Que por su parte, la Ley N° 2895 fija el marco jurídico e institucional del Instituto
Superior de Seguridad Pública, definiendo sus objetivos y constituyéndolo como una
instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública
a través de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados;
Que de la normativa citada, se desprende que la Ley ut-supra referenciada erige como
función primaria del Instituto, la misión de formar profesionalmente y capacitar
funcionalmente al personal de la Policía Metropolitana, a los/as funcionarios/as
responsables de la formulación, implementación y...
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