Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 12 de Agosto de 2008, L. 6. XLIV
Emisor | Suprema Corte de Justicia (Argentina) |
L. 6. XLIV.
RECURSO DE HECHO
L., M.J. y V.O., J.A. s/ tentativa de robo Ccausa N° 60/2007C.
Buenos Aires, 12 de agosto de 2008 Autos y Vistos; Considerando:
Atento a que la queja no cumple con los requisitos de la acordada 4/2007,(arts. 4°, 6° y 7° inc. b) la presentación deviene inadmisible.
Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos, o efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. E.I. HIGH- TON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z. (según su voto)- CARMEN M. ARGI- BAY.
VO
L. 6. XLIV.
RECURSO DE HECHO
L., M.J. y V.O., J.A. s/ tentativa de robo Ccausa N° 60/2007C.
TO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E.R.Z. Considerando:
Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).
Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. E.R.Z.-R..
Parte que apela: Dr. J.H.L., defensor de J.A.V.O..
Tribunal de origen: Tribunal Superior de Justicia de Neuquén Anterior intervención: Cámara Segunda en lo Criminal de Neuquén
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Resolución Nº 1974/2013
...24.700 según lo establecido por la ley 26.341. Los montos del Beneficio Ley 26.341 se fijan por categorías conforme el siguiente detalle: CAT. L.6. $ CAT. L.5. $ 374.51 CAT. L.4. $ 374.51 CAT. L.3. $ 374.51 CAT. L.2. $ 374.51 CAT. L.1. $ 374.51 - Guardería “LA EMPRESA” abonará a la trabajad......
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