Sentencia de Sala 2, 6 de Enero de 2014, expediente CFP 008367/2013/CA001

Fecha de Resolución 6 de Enero de 2014
EmisorSala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 8367/2013/CA1 Sala

II- Causa n° 33.952 “C., A.A. y otros s/ sobreseimiento”

J.. Fed. n° 12 - Sec. n° 24 Expte. n° 8.367/2013 Reg. n° 37.113 Buenos Aires, 27 de diciembre de 2013.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Sr. Fiscal Federal, Dr. C.E.S., contra la resolución que luce a fs. 61/62, mediante la cual el Sr. Juez de grado declaró la inconstitucionalidad del artículo 14, segundo párrafo, de la ley 23.737, en cuanto reprime la tenencia de estupefacientes para consumo personal, y dispuso el sobreseimiento de A.A.C.,

I.

  1. S., A.N.L. y R.C.P. en orden a ese delito, con la expresa mención de que la formación del proceso no afecta el buen nombre y honor del que gozaran (artículo 336, inciso 3º, del Código Procesal Penal de la Nación).

Se agravia la parte impugnante por considerar que el temperamento liberatorio adoptado es prematuro en tanto resta determinar si la finalidad de la droga incautada era efectivamente el uso exclusivo de los nombrados (ver fs. 63/64 y 78/79).

Según relataron los funcionarios policiales que llevaron adelante el procedimiento que dio origen a esta causa, el 27 de agosto del corriente año, a las 15:45 horas, observaron a los cuatro imputados en la intersección de las calles Uspallata y Tacuarí de esta ciudad, quienes “se hallaban repartiendo algo en sus manos”. Por tal motivo, los preventores descendieron del móvil, ante lo cual éstos “arrojan a la vereda de la calle Uspallata numero ...

varios trozos de una substancia vegetal color verdosa similar a la picadura de marihuana” (ver declaraciones de fs. 1 y 3).

Como resultado de la actuación policial, se procedió

al secuestro de los elementos en cuestión que, peritados, obtuvieron resultado positivo para ese tipo de estupefaciente y a la detención de los encartados (ver declaraciones de los testigos de fs. 8/9, actas de detención de fs. 4/7, acta de secuestro de fs. 10, acta de apertura de fs. 52, adelanto de peritaje de fs. 59 y examen pericial de fs. 70/74).

En las condiciones reseñadas, advertimos que existe una seria indeterminación fáctica en punto a la relación de disponibilidad de los encausados sobre la sustancia ilícita que se incautó cuando ya se encontraba en el suelo; de hecho, los propios preventores no pudieron brindar indicios concretos acerca de quién o...

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