Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Noviembre de 1994, V. 9. XXIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

V. 9. XXIV.

ORIGINARIO

Viento Norte de Herederos de Bruno Corsi S.R.L. c/ Santa Fe, Provincia de s/ ordinario.

Buenos Aires, 29 de noviembre de 1994.

Autos y Vistos; Considerando:

  1. ) Que "Viento Norte de Herederos de B.C.S.R.L." requiere que se le conceda el beneficio de litigar sin gastos, a cuyo efecto sostiene que su situación patrimonial le impide "distraer dinero por mínimo que sea el monto" en otros gastos que no sean los de su actividad empresarial, la que se ha visto seriamente afectada en virtud de los daños que le ocasionó la Provincia de Santa Fe como consecuencia de los cuales reclama.

  2. ) Que la concesión del beneficio de litigar sin gastos queda librada a la prudente apreciación judicial. Si bien no es imprescindible producir una prueba acabada que otorgue un grado absoluto de certeza sobre las condiciones de pobreza alegadas, es necesario que se alleguen al expediente suficientes elementos de convicción que permitan verificar razonablemente que el caso encuadra en el supuesto que autoriza el otorgamiento del beneficio (Fallos: 311:

    1372).

  3. ) Que la empresa actora no ha cumplido con la carga probatoria referida. En efecto, la sola prueba testifical según la cual la intransitabilidad de las rutas que se invoca ocasionó la pérdida de venta de pasajes y mayores erogaciones en concepto de gastos no prueba por sí sola la condición de pobreza que se alega.

    Por ello y de conformidad con lo dictaminado por el se

    -ñor Procurador General se resuelve: Rechazar la petición fs. 1/2. N.. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S.

    T - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE S.P.L.A.F.L..

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