Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Diciembre de 2007, S. 1608. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 1608. XLI.

S., A. c/ EN - (Jefatura de Gabinete) resol. conjunta SENASA 12/06/01 y otro s/ proceso de conocimiento.

Buenos Aires, 18 de diciembre de 2007 Vistos los autos: "S., A. c/ EN - (Jefatura de Gabinete) resol. conjunta SENASA 12/06/01 y otro s/ proceso de conocimiento".

Considerando:

Que las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa C.86.XLI "C.A., E. c/ EN - Jefatura de Gabinete resol. 155/01 y otro s/ empleo público", fallada el 11 de diciembre de 2007, a cuyos fundamentos y conclusión corresponde remitirse por razones de brevedad.

Por ello, oído el señor Procurador General, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Con costas. Notifíquese con copia del precedente que se cita y, oportunamente, devuélvase. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z. (en disidencia)- CARMEN M. ARGIBAY.

DISI

S. 1608. XLI.

S., A. c/ EN - (Jefatura de Gabinete) resol. conjunta SENASA 12/06/01 y otro s/ proceso de conocimiento.

DENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E.R.Z. Considerando:

Que la cuestión planteada en la presente causa guarda sustancial analogía con la examinada en los autos C.86.XLI "C.A., E. c/ EN - Jefatura de Gabinete resol. 155/01 y otro s/ empleo público", C. en disidencia del juez ZaffaroniC, fallada el 11 de diciembre de 2007, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad.

Por ello, habiendo dictaminado el señor P. General de la Nación, se declara procedente el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada. Con costas. R., notifíquese y, oportunamente devuélvase con copia del precedente citado. E.R.Z..

Recurso extraordinario deducido por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, representada por el Dr. G.L.B. en calidad de apoderado.

Traslado contestado por A.S., actor en autos, representado por el Dr. D.G. con el patrocinio letrado del Dr. H.J.C. Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal Sala I Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Contencioso Administrativo Federal N1 9

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