Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 11 de Diciembre de 2007, A. 803. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 803. XLIII.

RECURSO DE HECHO

A., S.M. c/ Comisión Nacional de Regulación del Transporte y otro.

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2007 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Comisión Nacional de Regulación del Transporte en la causa A., S.M. c/ Comisión Nacional de Regulación del Transporte y otro", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el apelante no ha cumplido con los recaudos previstos por los arts. 4°, 6° y 7°, inc. c de la acordada 4/2007.

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 3. H. saber y, oportunamente, archívese.

R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRI- QUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. AR- GIBAY.

Recurso de hecho interpuesto por la codemandada, Comisión Nacional de Regulación del Transporte, representada y patrocinada por el Dr. E.M. Senra Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala IV Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia del Trabajo N° 67

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