Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 11 de Julio de 2006, C. 296. XLII

Fecha11 Julio 2006
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 296. XLII.

S., S.M. c/ P.E.N. ley 25.561 dtos. 1570/01 y 214/02 s/ proceso de conocimiento - ley 25.561.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 11 de julio de 2006.

Autos y Vistos; Considerando:

Que esta Corte Suprema comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal subrogante a los que cabe remitir por razones de brevedad.

Por ello, se declara que resulta competente para conocer en las actuaciones el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal n° 1, al que se le remitirán por intermedio de la Sala I de la cámara de apelaciones de dicho fuero. Devuélvase la causa agregada a la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

E.S.P. -E.I.

HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. -R.L.L. -C.M.A..

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Comercial n° 5; Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal n° 6; Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, S.I. de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal

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