Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 7 de Junio de 2005, L. 534. XXXVII

Fecha07 Junio 2005
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 534. XXXVII.

RECURSO DE HECHO

Laboratorios Andrómaco S.A. s/ infracción ley 16.463.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 7 de junio de 2005.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica en la causa Laboratorios Andrómaco S.A. s/ infracción Ley 16.463@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.F. subrogante, al que remite en razón de brevedad.

Por ello, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada.

Con costas.

E. al recurrente del pago del depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Agréguese la queja al principal, notifíquese y, oportunamente, remítase. ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAUL ZAFFARONI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - RICARDO LUIS LORENZETTI - CARMEN M. ARGIBAY.

Recurso de hecho interpuesto por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, representada por el Dr. A.E.G.B.- sualdo.

Tribunal de origen: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Penal Económico N° 3.

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