Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Octubre de 2002, G. 557. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 557. XXXVIII.

Glaxo S.P.A. c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ denegatoria de patente.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 10 de octubre de 2002.

Vistos los autos: "Glaxo S.P.A. c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ denegatoria de patente".

Considerando:

Que la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial -al desestimar la apelación de la demandada- dejó firme la decisión de la primera instancia que había declarado la inconstitucionalidad del art. 100 del reglamento de la ley 24.481 (anexo II del decreto 260/96), y dejado sin efecto la resolución denegatoria de la solicitud de patente divisional presentada por la actora.

Contra el pronunciamiento, la vencida dedujo el recurso extraordinario federal que fue concedido a fs. 394.

Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las debatidas y resueltas por el Tribunal, en sentido favorable al recurrente, en la causa P.282.XXXVI "Pfizer Inc. c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ denegatoria de patente", fallada el 21 de mayo de 2002, a cuyos fundamentos y conclusiones se remite por razón de brevedad.

Los jueces P. y B. se remiten a sus votos en la citada causa.

Por ello, oído el Procurador Fiscal, se declara admisible el recurso extraordinario interpuesto, se revoca la sentencia apelada y se rechaza la demanda (art. 16, segunda parte, ley 48). Las costas se distribuyen en el orden causado en atención a la complejidad de la materia y al reciente dictado

del fallo citado. Notifíquese con copia de dicho precedente y, oportunamente, devuélvanse los autos a origen. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V..

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