Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 5 de Octubre de 1999, F. 483. XXXV

Fecha05 Octubre 1999
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 483. XXXV.

F.H., J.E. y otros c/ Estado Nacional -Ministerio de Defensa- s/ personal militar y civil de las fuerzas armadas y de seguridad.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 5 de octubre de 1999.

Vistos los autos: A.H., J.E. y otros c/ Estado Nacional -Ministerio de Defensa- s/ personal militar y civil de las fuerzas armadas y de seguridad@.

Considerando:

Que la cuestión traída a conocimiento encuentra respuesta en lo resuelto por esta Corte en la causa F.226 XXXII AFranco, R.O. y otros c/ Estado Nacional (Mrio. de Defensa) s/ personal militar y civil de las FF.

AA. y de seguridad@, decidida el 9 de agosto de 1999, a cuyos fundamentos corresponde remitirse por razones de brevedad.

Que resulta conveniente aclarar a fin de liquidar los adicionales establecidos en los decretos 2000/91, 628/92 y 2701/93, que estos deberán ser incorporados al concepto Ahaber mensual@, en el cual también están incluidos los rubros denominados en la reglamentación de la ley Asueldo@ y Areintegro de gastos por actividad de servicio@ (art. 2401, inc. 1°).

Por ello, se declara admisible el recurso extraordinario y se revoca parcialmente la sentencia apelada en atención a las consideraciones expresadas en el párrafo segundo. Costas por su orden (art. 71 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). N. y, oportunamente, devuélvase. JULIO S.

NAZARENO - EDUARDO MOLINE O=CONNOR - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V..

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