Sentencia nº 35728 de Tercera Cámara Laboral de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, Primera Circunscripción, 23 de Mayo de 2012
Ponente | ARROYO, CATAPANO, RAUEK DE YANZON |
Fecha de Resolución | 23 de Mayo de 2012 |
Emisor | Primera Circunscripción |
Expte: 35.728
Fojas: 181
En la ciudad de M., a los veintitrés días del mes de Mayo de 2012, reunidos en su Sala de Acuerdos los Sres. Jueces integrantes de la Excma. Tercera Cámara del Trabajo Dres. M.A.A., E.H.C. e I.R. de Y., trajeron a deliberación para sentencia definitiva los autos N° 35.728 “O.L.F. Y OTS. C/ G.S.E. P/ Despido” de los que,
R E S U L T A:
I) A fs. 14 se presenta la Sra. L.F.O. y el Sr. C.F.F., por intermedio de apoderado y formulan demanda contra la Sra. S.E.G. por el cobro de la suma de $ 21.339,66 o lo que en más o en menos resulte de la prueba a rendirse, con más sus intereses y costas.
Plantea la inconstitucionalidad de las leyes 7198 y 7358.
Relata que la Sra. O. ingresó a trabajar el 20/11/04 hasta el 11/5/05, en que se dio por despedida. Que se desempeñó en el negocio de Ciber sito en calle A.1.C. de Coria, cumpliendo funciones de cajera y atención de público.
Que la jornada se extendía de 17 hs a las 24 hs., que no le daban francos. Que percibía mensualmente $ 550 y no estaba registrada.
Que en abril del 05 comunico el estado de embarazo, que en fecha 3/5/05 envío emplazamiento para que se la registrara, notificando el embarazo, y emplazando al pago de la remuneración del mes de abril.
Que también remitió copia a la AFIP.
Que la demandada dejó de darle trabajo, por lo que el 5/5/05 envió telegrama emplazando se aclare la situación laboral.
Que la demandada contestó negando la relación laboral, tareas y remuneración invocadas.
Que la actora envió telegrama considerándose despedida y reclamando indemnización por antigüedad, preaviso, multas ley 24.013, 25.561, e indemnización por embarazo.
Que la demandada envió otra carta documento rechazando el despido y negando adeudar suma alguna.
F. liquidación reclamando los rubros salario abril, integración, vacaciones, SAC, indemnización por despido, preaviso, multas ley 24.013, 25.323, art.178 LCT y diferencias salariales.
Ofrece prueba instrumental.
Por su parte el actor F. ingresó el 15/1/05, hasta el 11/5/05 que se dio por despedido, que se desempeño en el negocio de C. ubicado en calle A. de Chacras de Coria, cumpliendo funciones de cajero y atención de publico, que cumplía jornada de 6 horas por día, sin francos, mensualmente percibía $ 250 y no estaba registrado.
Que en fecha 3/5/05 envió emplazamiento al demandado para que se regularice su situación laboral, se le abone la remuneración de abril del 2005. Envió copia a la AFIP.
Que el demandado dejó de darle trabajo, por lo que emplazo nuevamente para que se aclare la situación laboral. Que el demandado respondió negando la relación laboral e invocando locación de servicios.
Ante ello envió telegrama considerándose despedido y emplazando el pago de indemnización por despido, preaviso y multas legales.
La demandada contestó negando por improcedente.
F. liquidación reclamando los rubros sueldo de abril, integración, SAC, vacaciones, indemnización por despido y preaviso, multas ley 24.013, 25.323 y diferencias salariales.
Ofrece prueba instrumental.
Ambos actores ofrecen prueba pericial contable, informativa, testimonial y confesional.
II) A fs. 36 obra cédula de notificación del traslado de la demanda a la accionada.
III) A fs.39 se dicta auto de admisión de pruebas y se ordena su producción.
IV) A fs.50 obra constancia de recepción del expte. 31818 05/03 “G. c/ F.p..Hurto” originario de la Cuarta Fiscalía Correccional”.
A fs. 64/72 se agrega escala salarial remitida por...
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