Sentencia nº 35728 de Tercera Cámara Laboral de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, Primera Circunscripción, 23 de Mayo de 2012

PonenteARROYO, CATAPANO, RAUEK DE YANZON
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2012
EmisorPrimera Circunscripción

Expte: 35.728

Fojas: 181

En la ciudad de M., a los veintitrés días del mes de Mayo de 2012, reunidos en su Sala de Acuerdos los Sres. Jueces integrantes de la Excma. Tercera Cámara del Trabajo Dres. M.A.A., E.H.C. e I.R. de Y., trajeron a deliberación para sentencia definitiva los autos N° 35.728 “O.L.F. Y OTS. C/ G.S.E. P/ Despido” de los que,

R E S U L T A:

I) A fs. 14 se presenta la Sra. L.F.O. y el Sr. C.F.F., por intermedio de apoderado y formulan demanda contra la Sra. S.E.G. por el cobro de la suma de $ 21.339,66 o lo que en más o en menos resulte de la prueba a rendirse, con más sus intereses y costas.

Plantea la inconstitucionalidad de las leyes 7198 y 7358.

Relata que la Sra. O. ingresó a trabajar el 20/11/04 hasta el 11/5/05, en que se dio por despedida. Que se desempeñó en el negocio de Ciber sito en calle A.1.C. de Coria, cumpliendo funciones de cajera y atención de público.

Que la jornada se extendía de 17 hs a las 24 hs., que no le daban francos. Que percibía mensualmente $ 550 y no estaba registrada.

Que en abril del 05 comunico el estado de embarazo, que en fecha 3/5/05 envío emplazamiento para que se la registrara, notificando el embarazo, y emplazando al pago de la remuneración del mes de abril.

Que también remitió copia a la AFIP.

Que la demandada dejó de darle trabajo, por lo que el 5/5/05 envió telegrama emplazando se aclare la situación laboral.

Que la demandada contestó negando la relación laboral, tareas y remuneración invocadas.

Que la actora envió telegrama considerándose despedida y reclamando indemnización por antigüedad, preaviso, multas ley 24.013, 25.561, e indemnización por embarazo.

Que la demandada envió otra carta documento rechazando el despido y negando adeudar suma alguna.

F. liquidación reclamando los rubros salario abril, integración, vacaciones, SAC, indemnización por despido, preaviso, multas ley 24.013, 25.323, art.178 LCT y diferencias salariales.

Ofrece prueba instrumental.

Por su parte el actor F. ingresó el 15/1/05, hasta el 11/5/05 que se dio por despedido, que se desempeño en el negocio de C. ubicado en calle A. de Chacras de Coria, cumpliendo funciones de cajero y atención de publico, que cumplía jornada de 6 horas por día, sin francos, mensualmente percibía $ 250 y no estaba registrado.

Que en fecha 3/5/05 envió emplazamiento al demandado para que se regularice su situación laboral, se le abone la remuneración de abril del 2005. Envió copia a la AFIP.

Que el demandado dejó de darle trabajo, por lo que emplazo nuevamente para que se aclare la situación laboral. Que el demandado respondió negando la relación laboral e invocando locación de servicios.

Ante ello envió telegrama considerándose despedido y emplazando el pago de indemnización por despido, preaviso y multas legales.

La demandada contestó negando por improcedente.

F. liquidación reclamando los rubros sueldo de abril, integración, SAC, vacaciones, indemnización por despido y preaviso, multas ley 24.013, 25.323 y diferencias salariales.

Ofrece prueba instrumental.

Ambos actores ofrecen prueba pericial contable, informativa, testimonial y confesional.

II) A fs. 36 obra cédula de notificación del traslado de la demanda a la accionada.

III) A fs.39 se dicta auto de admisión de pruebas y se ordena su producción.

IV) A fs.50 obra constancia de recepción del expte. 31818 05/03 “G. c/ F.p..Hurto” originario de la Cuarta Fiscalía Correccional”.

A fs. 64/72 se agrega escala salarial remitida por...

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