Resolución Nº 453/2013

EmisorMinisterio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos
Fecha de la disposición22 de Octubre de 2013



MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

ResoluciónNº 453/2013Bs. As., 22/10/2013

VISTO el Expediente CUDAP: EXP- S04:0021234/2013 del registro de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, organismo con autonomía y autarquía financiera en jurisdicción del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el Decreto Nº 469 de fecha 6 de mayo de 2013; y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 469/2013, se aprobó la estructura organizativa de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, organismo con autonomía y autarquía financiera en jurisdicción del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que el artículo 5° del mencionado Decreto se faculta al Presidente de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA a aprobar hasta un máximo de SEIS (6) cargos de conducción en el ámbito de dicho organismo.

Que a través del artículo 6° se dispone que la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, deberá aprobar el proyecto de estructura organizativa correspondiente a las aperturas inferiores, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA GABINETE DE MINISTROS.

Que de acuerdo a la normativa citada, corresponde establecer las aperturas organizativas inferiores de nivel Coordinación y Departamento de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, con la finalidad de asignar adecuadamente las acciones de cada una de las materias de su incumbencia, optimizando la gestión del Organismo.

Que en virtud de lo previsto en el artículo 6° del Decreto 971/93, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION ha tomado la correspondiente intervención.

Que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete, como también el Consejo Asesor de Vocales de esta UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA.

Que la presente se dicta en el ejercicio de las facultades establecidas en el inciso 9 del artículo 14 de la Ley Nº 25.246 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Apruébanse las aperturas inferiores correspondientes al nivel de Departamento de las Direcciones y de la Unidad de Auditoría Interna de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, organismo con autonomía y autarquía financiera en jurisdicción del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, de acuerdo al Organigrama y Acciones, que como Anexos I y II, forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2°

— Apruébanse en el ámbito de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, organismo con autonomía y autarquía financiera en jurisdicción del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, las Coordinaciones que se detallan de acuerdo al “Listado” y “Acciones” que, como Anexos III y IV, forman parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 3°

— El gasto que demande la aplicación de la presente medida será atendido con cargo a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA - SAF 670 PROGRAMA 37.

ARTICULO 4°

— Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. JOSE A. SBATTELLA, Presidente, Unidad de Información Financiera.

ANEXO I

ANEXO II

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

SECRETARIA GENERAL EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE MESA DE ENTRADAS Y DESPACHO

ACCIONES:

  1. Administrar la Mesa de Entradas.

  2. Efectuar el registro, guarda y archivo de actuaciones, Resoluciones, Notas y cualquier otra tramitación.

  3. Intervenir en la coordinación administrativa de los actos que emanan de la Presidencia de la UIF.

  4. Participar en la elaboración del Informe Anual de Gestión, coordinar lo informado por las distintas áreas, y ponerlo a consideración de la Presidencia.

  5. Gestionar la protocolización de los actos administrativos que dicte el Organismo y su publicación en el caso que corresponda.

  6. Atender las consultas efectuadas por el público en la Mesa de Entradas de la UIF.

  7. Efectuar las notificaciones de los actos administrativos dictados por la UIF, en los casos que corresponda.

  8. Coordinar el giro de la documentación a las distintas Direcciones, conforme las responsabilidades primarias asignadas a las mismas.

  9. Realizar la elevación a la Presidencia de la UIF, de los expedientes tratados por las distintas áreas de la UIF.

  10. Coordinar la publicación de la normativa de la UIF en el Boletín Oficial, según corresponda.

  11. Entender en las certificaciones de firmas del personal de la UIF.

  12. Certificar copias de actuaciones, Resoluciones, poderes y de todo otro documento, en los casos que corresponda.

    UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

    DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS

    DEPARTAMENTO DE SEGUIMIENTO DE LAVADO DE ACTIVOS / FINANCIACION DEL TERRRORISMO

    ACCIONES:

  13. Dictaminar en los reportes de operaciones sospechosas de lavado de activos y/o financiación del terrorismo.

  14. Dictaminar en las declaraciones voluntarias sobre operaciones sospechosas de lavado de activos y/o financiación del terrorismo.

  15. Llevar un registro de los expedientes en los que emite opinión, detallando los que fueron propuestos para elevación al Ministerio Público Fiscal y aquellos en los que se aconsejó el archivo.

  16. Intervenir en los casos en que sea necesario la certificación de causas judiciales, previo a emitir dictamen en los expedientes.

  17. Llevar un registro de las actuaciones donde, previo a dictaminar, se propone profundizar el análisis de los hechos u operaciones.

  18. Estudiar la viabilidad de la presentación de la UIF como parte querellante, en los casos sometidos a consideración.

  19. Intervenir en la elaboración de las presentaciones judiciales referidas a las querellas.

  20. Controlar el seguimiento de los procesos judiciales en los que interviene la UIF como parte querellante.

  21. Llevar un registro de las causas judiciales donde la UIF interviene como parte querellante, sus movimientos y estado procesal de las mismas.

  22. Llevar un registro de los activos y bienes decomisados en cada una de las causas en las que la UIF es querellante y de las medidas peticionadas y efectivizadas en cada caso.

  23. Producir informes periódicos acerca del estado de las causas y procesamientos en los que la UIF interviene como parte querellante.

  24. Tomar intervención en allanamientos y otras medidas dispuestas en las causas donde la UIF es parte querellante, en los casos que corresponda.

  25. Intervenir en los congelamientos administrativos de bienes y activos que dispone la UIF.

  26. Dar respuesta a los Oficios Judiciales y requerimientos recibidos en la UIF.

  27. Verificar la información a remitirse a los órganos judiciales en el marco de las colaboraciones judiciales.

  28. Elaborar los proyectos de actos administrativos que correspondan.

    DEPARTAMENTO DE PREVENCION DE LAVADO DE ACTIVOS / FINANCIACION DEL TERRRORISMO Y DICTAMENES

    ACCIONES:

  29. Ejercer la representación judicial de la UIF en el fuero federal en materia contencioso administrativa, en que corresponda la intervención de la misma.

  30. Elaborar las presentaciones judiciales correspondientes a las causas radicadas en el fuero federal en materia contencioso administrativa, en que corresponda intervenir a la UIF.

  31. Efectuar el control y seguimiento judicial de las causas en que la UIF es parte, en trámite por ante el fuero federal en materia contencioso administrativa.

  32. Remitir las instrucciones a los abogados designados por la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION para representar al ESTADO NACIONAL en todos aquellos procesos en que la UIF es parte que tramitan en otra jurisdicción.

  33. Llevar un registro de todas las causas judiciales en que la UIF es parte, que tramitan en el fuero federal en materia contencioso administrativa, sus movimientos y estado procesal.

  34. Mantener un registro actualizado de todos los juicios en que es parte la UIF, informando a la Procuración del Tesoro de la Nación (Sistema Unico Informático para la Gestión Judicial).

  35. Informar a la Procuración del Tesoro de la Nación las medidas cautelares decretadas contra la UIF y sus modificaciones.

  36. Llevar los expedientes administrativos correspondientes a los juicios en los que la UIF es parte, con los antecedentes y constancias respectivas.

  37. Intervenir en los recursos directos iniciados en el fuero contencioso administrativo, contra las Resoluciones de la UIF que disponen la aplicación de sanciones. Elaborar las presentaciones judiciales y efectuar el control y seguimiento de las causas.

  38. Intervenir en la instrumentación de convenios de cooperación y asistencia, acuerdos, memorandos de entendimiento, con organismos nacionales, internacionales, extranjeros, UIF análogas en otros países y dictaminar en los casos que corresponda.

  39. Brindar el asesoramiento y asistencia que le requiera la Presidencia de la UIF.

  40. Dictaminar en toda cuestión que se ponga a consideración de la Dirección.

  41. Dictaminar sobre proyectos de Decretos.

  42. Evaluar el sistema normativo de prevención de lavado de activos y de financiación del terrorismo y elaborar estudios y propuestas tendientes a mejorar la eficacia y operatividad del sistema.

  43. Proyectar la actualización de la normativa de la UIF, de acuerdo con las recomendaciones internacionales en materia de prevención del lavado de activos y de la financiación del terrorismo.

  44. Proyectar las Resoluciones atinentes a la normativa que dicta la UIF.

  45. Intervenir en las reuniones que se realicen con sujetos obligados, con motivo de la tramitación de actualizaciones de la normativa.

  46. Dictaminar en relación a la apertura del procedimiento sumarial previsto en el Capítulo IV de la Ley Nº 25.246 y Resolución UIF Nº 111/12 y modificatoria.

  47. Emitir opinión en los recursos administrativos interpuestos contra actos administrativos o actos de mero trámite emitidos por la UIF.

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