Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 21 de Noviembre de 2006, A. 1144. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1144. XLI.

RECURSO DE HECHO

Anedra S.A. s/ infracción ley 16.463 Ccausa N° 126/05C.

Buenos Aires, 21 de noviembre de 2006.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica en la causa Anedra S.A. s/ infracción ley 16.463 Ccausa N° 126/05C", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. I. al recurrente para que, en el ejercicio financiero correspondiente, haga efectivo el depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, de conformidad con lo prescripto en la acordada 47/91. N., tómese nota por Mesa de Entradas y archívese. E.S.P. -E.I. HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por el Dr. A.E.G.B. en represen- tación de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T.) Tribunal de origen: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Penal Económico N° 2

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