Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Noviembre de 2005, F. 343. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 343. XXXIX.

F., R.O. s/ recurso de casación - robo agravado por uso de armas.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 29 de noviembre de 2005.

Vistos los autos: "F., R.O. s/ recurso de casación - robo agravado por uso de armas".

Considerando:

Que las cuestiones que se plantean resultan análogas a las resueltas en las causas R.1136.XXXIX.

"R., M.A. s/ recurso de casación" y G.467.XXXIX.

"G., O.D. y T., B.A. s/ recurso de casación - robo agravado por uso de armas en grado de tentativa - tenencia ilegal de armas de guerra en concurso material entre sí", con fecha 9 de noviembre de 2004 y 15 de marzo de 2005, respectivamente, a cuyas consideraciones corresponde remitirse en orden a la brevedad.

Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte nuevo pronunciamiento con arreglo al presente. A. copia de los precedentes citados.

N. y remítase.

E.S.P. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAUL ZAFFARONI - RICARDO LUIS LORENZETTI - CARMEN M. ARGIBAY (en disidencia).

DISI

F. 343. XXXIX.

F., R.O. s/ recurso de casación - robo agravado por uso de armas.

Corte Suprema de Justicia de la NaciónDENCIA DE LA SEÑORA MINISTRA DOCTORA DOÑA CARMEN M.

ARGIBAY Las cuestiones planteadas en el presente expediente han recibido adecuado tratamiento por parte de la suscripta al emitir su voto en la causa V.658.XXXIX. "V., M. y C., M.A. s/ recurso de casación", resuelta en la fecha, que habrá de remitirse en honor a la brevedad.

Por lo expuesto, se declara mas concedido el recurso extraordinario, con costas. H. saber y devuélvase, con copia del precedente citado. C.M.A..

Recurso extraordinario interpuesto por R.O.F., representado por el Dr. Mario L. Coriolano Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires Tribunales que intervinieron con anterioridad: Sala III del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires; Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 del De- partamento Judicial de Lomas de Z., de la misma provincia.

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