Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Mayo de 2005, C. 1847. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1847. XXXIX.

C., H.A. c/ Auchan Argentina S.A. s/ despido.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 10 de mayo de 2005.

Vistos los autos: "C., H.A. c/ Auchan Argentina S.A. s/ despido".

Considerando:

Que la cuestión planteada es sustancialmente análoga a la debatida y resuelta por este Tribunal en la causa V.967.XXXVIII. "V., C.A. c/ Amsa S.A. s/ despido", fallada el 14 de septiembre de 2004, a cuyos fundamentos y conclusiones se remite por razones de brevedad.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por el señor P.F., se declara procedente el recurso extraordinario interpuesto, y se revoca la sentencia apelada en lo que ha sido materia de agravio. Las costas de esta instancia se distribuyen por su orden, en atención a que el pronunciamiento se sustenta en jurisprudencia reciente de esta Corte que comporta un cambio de criterio sobre el punto en debate (art. 68, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte nuevo fallo con arreglo a lo expresado. N. y remítase. ENRIQUE SAN- TIAGO PETRACCHI - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - CARLOS S. FAYT - ANTONIO BOGGIANO - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO.

Recurso extraordinario interpuesto por Auchan Argentina S.A., representada por el Dr. E.J.M., con el patrocinio del Dr. F.A.F..

Traslado contestado por H.A.C., representado por el Dr. R.T..

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, S.V..

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia del Trabajo n° 28

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