Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Marzo de 2005, R. 9. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 9. XL.

Real de Azúa, E.C. s/ su recurso extraordinario.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 3 de marzo de 2005.

Vistos los autos: "Real de Azúa, E.C. s/ su recurso extraordinario".

Considerando:

Que el tribunal que dictó la sentencia contra la que se dirige el recurso extraordinario, no es el superior tribunal de la causa.

Por ello, se declara improcedente el recurso extraordinario. H. saber y devuélvase. ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - CARLOS S. FAYT - ANTONIO BOGGIANO - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAUL ZAFFARONI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO.

Nombre del recurrente: Dr. H. de L., defensor oficial del procesado E.C.R. de Azúa.

Traslado contestado por la fiscal M.L.R.D., a cargo de la fiscalía general en lo penal económico durante la feria judicial de enero de 2004.

Tribunal de origen: Cámara Nacional en lo Penal Económico, Sala B.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado en lo Penal Tributario n° 1.

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