Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Mayo de 2004, S. 738. XXXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 738. XXXVII.

RECURSO DE HECHO

S., J.P.G. c/ Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 27 de mayo de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa S., J.P.G. c/ Fisco de la Provincia de Buenos Aires", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P. General de la Nación, al que se remite en razón de brevedad.

Por ello, se hace lugar a la queja y al recurso extraordinario deducido y se deja sin efecto la sentencia en cuanto fue materia de agravio. Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente. Acumúlese la queja al principal. Devuélvase el depósito de fs.

89. N., hágase saber y oportunamente, remítase. EN- RIQUE SANTIAGO PETRACCHI - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - CARLOS S.

FAYT - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO R.V. -J.C.M. -E.R.Z..

Recurso de hecho interpuesto por el Dr. G.R.M. apoderado de la parte actora, con el patrocinio letrado del Dr. J.F.M..

Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara Primera de Apelación, Sala Primera de la ciudad de La Plata, Juzgado en lo Civil y Comercial n° 8 de la ciudad de La Plata.

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