Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Marzo de 2001, D. 351. XXXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D. 351. XXXVI. y otro Denobili, L.H. c/ ANSeS s/ dependientes: otras prestaciones.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 6 de marzo de 2001.

Vistos los autos: "D.351.XXXVI. ›Denobili, L.H. c/ ANSeS s/ dependientes:

otras prestaciones'; Z.68.XXXVI.

›Z., A.J. c/ ANSeS s/ dependientes: otras prestaciones'".

Considerando:

  1. ) Que contra las sentencias de la alzada que revocaron las de la instancia anterior que habían denegado el derecho a los afiliados a obtener la jubilación con arreglo a lo establecido en los arts. 27 y 43, tercer párrafo, de la ley 18.037, la Anses dedujo los recursos ordinarios de apelación, que fueron concedidos y resultan admisibles (art. 19 de la ley 24.463).

  2. ) Que la apelante se agravia de la aplicación al caso del referido art.43. Sostiene que la cuestión debía ser resuelta según las modificaciones introducidas en la ley 24.241, dado que se hallaba vigente a la fecha de la solicitud del beneficio y al tiempo de cumplir el actor con la edad mínima exigida para obtener la jubilación. Dichos argumentos no logran rebatir la interpretación de las normas en juego formuladas por la cámara al juzgar, pues el memorial respectivo sólo contiene planteos genéricos y no refutan eficazmente los fundamentos del fallo, por lo que la presentación en examen resulta ineficaz para sustentar el recurso oportunamente concedido y debe ser declarado desierto (conf. Fallos:

307: 2216; 308:818; 310:2929; 317:1365 y 318:2228, entre muchos otros).

Por ello, se declaran desiertos los recursos ordinarios.

Costas por su orden (art. 21 de la ley 24.464). Practíquese la comunicación a la Procuración del Tesoro a los fines del

art. 6° de la ley 25.344, notifíquese y devuélvanse.

JULIO S.

NAZARENO - EDUARDO MOLINE O´CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.

BOSSERT - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ.

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