Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 1 de Abril de 1997, W. 5. XXXII
Emisor | Suprema Corte de Justicia (Argentina) |
S. 1456. XXXII. y otros
RECURSOS DE HECHO
S., N. c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires.
Buenos Aires, 1° de abril de 1997.
Vistos los autos: "Recursos de hecho deducidos por la actora en las causas: 'Sánchez, N. c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires'; A.1253 'Annese, A.J. c/ Yacimientos Petrolíferos Fiscales'; K.159 'K., J.L. c/ Yacimientos Petrolíferos Fiscales'; P.1518 'Parnes, L. c/ Instituto de Obra Social de los Ministerios de Salud y Acción Social y de Trabajo y Seguridad Social'; S.1614 'Sosa, T.A. c/ Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A.'; W.5 'W., R. c/ Empresa Cerro Largo S.A.'", todos del libro XXXII, para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que los recursos extraordinarios, cuya denegación motivó las presentes quejas, son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).
Por ello, se desestiman las quejas. H. saber y, oportunamente, archívense. EDUARDO MOLINE O'CONNOR -AUGUSTO CESAR BELLUSCIO-ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI- ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F. LOPEZ.
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Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala C, 19 de Marzo de 2019, expediente CIV 071283/2015/CA001
...desprende que las partes efectuaron una transacción, mediante la cual se decidió proceder a la inmediata venta del inmueble sito en la calle I.W.5., de la localidad de Carapachay, partido de provincia de Buenos Aires. En la cláusula segunda se estipuló que la referida venta se realizaría po......
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