Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 26 de Diciembre de 1995, B. 601. XXXI

Fecha26 Diciembre 1995
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 601. XXXI.

RECURSO DE HECHO

B., J.C.E. c/ Consorcio de Propietarios del Edificio Rivadavia 5466.

Buenos Aires, 26 de diciembre de 1995.

Autos y Vistos:

Por haber transcurrido el plazo legal (art. 310, inc. 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), sin que se cumpla con lo dispuesto a fs. 42, declárase operada en la presente queja la caducidad de la instancia. N. y, oportunamente, archívese. C.S.F. -A.C.B. -A.B. -G.A.F.L. -G.A.B. -A.R.V..

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