Resolución Nº 1.139
Emisor | Min. Infraestructura |
Fecha de la disposición | 9 de Octubre de 2009 |
RESOLUCIÓN Nº 1.139
Mendoza, 9 de octubre de 2009
Visto el expediente Nº 1220-D-07-77308-E-00-5, en el cual la Dirección de Ejecución y Control de Servicios Públicos solicita se modifiquen los Artículos 5º y 7º de la Resolución Nº 970-IVT-08, mediante la cual se adjudicó la obra: Red de Gas Natural al Distrito 3 de Mayo Departamento Lavalle Mendoza, cuyo llamado a Licitación Pública se autorizó por Resolución Nº 1064-AOP-07; y
CONSIDERANDO:
Que según informa la repartición actuante a fojas 1922/1924 de autos, la referida modificación obedece a la necesidad de efectuar una nueva distribución del presupuesto total de la obra, ya que el crédito votado en el presente ejercicio resulté insuficiente.
Que por esta razón, por expediente Nº 1396-D-09-77308-E-00-1 se tramitó el refuerzo presupuestario necesario, que fue autorizado por la Resolución Nº 1024-IVT-09, con fondos provenientes del Fondo Federal Solidario Ley 8028, Decreto 640/09.
Que por lo antes dicho corresponde la modificación de los Artículos 5º y 7º de la Resolución Nº 970-IVT-08.
Por lo expuesto y conforme lo dictaminado al respecto por la Asesoría Legal de esta jurisdicción,
En Ejercicio de las Facultades que le Confiere el Decreto-Acuerdo
Nº 720/98 y el Artículo 19º del Decreto Nº 1497/02 y Ampliatorio el
Ministro de Infraestructura, Vivienda y Transporte
Resuelve:
Modifíquense los Artículos 5º y 7º de la Resolución Nº 970-IVT-09, mediante la cual se adjudicó la obra: Red de Gas Natural al Distrito 3 de Mayo Departamento Lavalle Mendoza, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
Presupuesto de Obra Básica
1.681.970,61
Previsión Variaciones de Precios
543.641,39
Otros Costos de Obra
10.000,00
Gastos Generales de Obra
15.000,00
Honorarios
48.000,00
Total General
2.298.612,00
Artículo 7º- El gasto emergente de la ejecución de los trabajos de referencia, que asciende a la suma total de dos millones doscientos noventa y ocho mil seiscientos doce pesos (2.298.612,00), por tratarse de una obra de gas que se encuentra incluida en las previsiones de la Ley Nº 7586 y modificatoria, se atenderá por la Dirección de Ejecución y Control de Servicios Públicos y por el Fondo de Infraestructura Provincial (F.I.P.), por intermedio de la Administradora Provincial del Fondo para la Transformación y el Crecimiento, en su carácter de Fiduciaria y/o quien la sustituya, de acuerdo con el siguiente detalle:
I -...
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