Resolución Nº 3

Provincia de Buenos Aires.

MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS.

SUBSECRETARÍA DE CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Y USO AGROPECUARIO DE LOS RECURSOS NATURALES.

Resolución Nº 3.

La Plata, 13 de abril de 2011.

VISTO el expediente Nº 22228-124/2007 referente a la caza deportiva menor en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, y CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Asuntos Agrarios, a través de la Dirección Provincial de Fiscalización y Uso Agropecuario de los Recursos Naturales tiene a su cargo coordinar y conducir programas de control y fiscalización de actividades cinegéticas en la Provincia de Buenos Aires, ejerciendo la potestad fiscalizadora mediante la aplicación de las normas legales vigentes, conforme la Ley Nº 13.881 y su Decreto Reglamentario Nº 2870/2008;

Que el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, a través de la Dirección de Áreas Protegidas es el organismo de aplicación de la Ley Nº 10.907 de Reservas y Parques Naturales, y a través de la Dirección Provincial de Recursos Naturales tiene dentro de sus competencias el manejo, conservación y protección de la flora y fauna silvestre como así de sus ambientes naturales;

Que en virtud de la Ley de Ministerios, el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, resulta autoridad de aplicación de acuerdo a los artículos 60 a 64 de la Ley Marco Ambiental Nº 11.723;

Que en el informe del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible a fojas 28 a 34, se indica las especies, períodos, cupos y zonas habilitadas para la caza deportiva menor;

Que en virtud de lo expuesto el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto;

Por ello, EL...

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