Resolución 2212/2010

EmisorSecretaria de Cultura
Fecha de la disposición12 de Julio de 2010

Que posteriormente, por el Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios Nº 149/07 y Nº 1248/09, con el fin de agilizar los trámites, se modificaron diversos aspectos de la normativa reseñada precedentemente estableciéndose, entre otros extremos, que las referidas contrataciones serán aprobadas por el señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS ($ 5.700,00) y en los de renovaciones o prórrogas en las cuales se modifique alguna de las condiciones pactadas en el contrato originario.

Que mediante el dictado del Decreto Nº 2345/08 y de la Resolución de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 37/09 se han establecido las condiciones generales para la instrumentación de contrataciones de locación de servicios para la realización de las actividades que complementan las competencias propias de cada Jurisdicción.

Que el MINISTERIO DEL INTERIOR ha elevado la propuesta de contratación de UNA (1) persona, en el marco del régimen referenciado, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicha Jurisdicción.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 30 --MINISTERIO DEL INTERIOR--, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional Nº 26.546.

Que la persona cuya contratación se propone reúne los requisitos de idoneidad necesarios para la realización de las tareas encomendadas, por lo que se hace necesario exceptuarla de lo establecido en el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 2345/08.

Que se dio cumplimiento, oportunamente, a la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, de lo dispuesto por el artículo 7º, tercer párrafo del Anexo I del Decreto Nº 2345/08 y por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, modificado por sus similares Nº 149/07 y Nº 1248/09.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Exceptúase al MINISTERIO DEL INTERIOR de lo establecido en el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 2345/08, al solo efecto de posibilitar la contratación de la persona incluida en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente.

Art. 2º

Dase por aprobada la contratación para el MINISTERIO DEL INTERIOR de la persona que se detalla en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente, por el período y monto mensual indicados en el mismo, en los términos del Decreto Nº 2345/08.

Art. 3º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente para el Ejercicio Financiero 2010 de la Jurisdicción 30 --MINISTERIO DEL INTERIOR--.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Aníbal D. Fernández. -- Aníbal F. Randazzo.

ANEXO I RESOLUCIONES SECRETARIA DE CULTURA Resolución 2212/2010

Programa de Subsidios para el Desarrollo Sociocultural. Convocatoria para la presentación de Proyectos en las líneas 'Desarrollo Comunitario', 'Comunidades Indígenas' y 'Línea de Apoyo a Organizaciones de Base sin personería jurídica'.

Bs. As., 30/6/2010

VISTO la Resolución SC. Nº 1652/10, la Resolución SC. Nº 2329/08, la Resolución SC. Nº 1501/10, y el Expediente SC. Nº 5099/10 del registro de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA de la NACION, y CONSIDERANDO:

Que la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION tiene entre sus objetivos democratizar el acceso a los bienes culturales, consolidando así una verdadera cultura democrática y solidaria.

Que para cumplir con este objetivo desarrolla una serie de programas, articulados entre sí, que contemplan la participación de los distintos actores sociales relevantes de la escena nacional.

Que se ha creado por Resolución SC. Nº 1652/10 el Programa de Subsidios para el Desarrollo Sociocultural cuyo fin es la inclusión social, la participación ciudadana y la revalorización de la identidad local.

Que las líneas de subsidios impulsadas en el mencionado programa tienen sus propias características en virtud de los distintos destinatarios de sus acciones.

Que para instrumentrarlas, es necesario realizar una Convocatoria específica para la presentación de proyectos en las líneas 'Desarrollo Comunitario', 'Comunidades Indígenas' y 'Apoyo a Organizaciones de Base sin personería jurídica'.

Que es decisión de esta SECRETARIA DE CULTURA afectar a la mencionada convocatoria la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS MIL ($ 1.300.000.-) como máximo, durante el año 2010.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que los gastos que demanda la presente medida cuentan con el financiamiento otorgado por la ley 26.546, distribuida por la Decisión Administrativa Nº 2/10.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por los Decretos Nº 101/85, Nº 392/86 y Nº 1344/07.

Por ello,

El SECRETARIO DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébase la Convocatoria para la presentación de Proyectos en las líneas 'Desarrollo Comunitario', 'Comunidades Indígenas' y 'Línea de Apoyo a Organizaciones de Base sin personería jurídica' del Programa de Subsidios para el Desarrollo Sociocultural durante el año 2010.

Art.2º -- Destínese hasta la cantidad de PESOS UN MILLONTRESCIENTOS MIL ($ 1.300.000.-) durante el ejercicio 2010 para el financiamiento de los proyectos que sean seleccionados en el marco de la Convocatoria aprobada en el artículo precedente.

Art. 3º

Apruébase el Reglamento de Bases y Condiciones contenido en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 4º

La UNIDAD SECRETARIO de la SECRETARIA DE CULTURA DE LA NACION a través de la UNIDAD DE PROYECTOS Y PROGRAMAS ESPECIALES será la autoridad de aplicación e interpretación del Reglamento, y la encargada de la instrumentación de las medidas pertinentes a fin de lograr su efectivo cumplimiento.

Art. 5º

Créase la Comisión Evaluadora de Proyectos y desígnase como integrantes de la misma a las personas consignadas en el Anexo II que forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 6º

El gasto que demanda la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes del presupuesto vigente financiero del año en curso, asignadas a la JURISDICCION 20 - SUBJURISDICCION 14.

Art. 7º

Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Jorge Coscia.

ANEXO I REGLAMENTO, BASES Y CONDICIONES PROGRAMA DE SUBSIDIOS PARA EL DESARROLLO SOCIOCULTURAL CONVOCATORIA 2010

CAPITULO I: De la Difusión Artículo 1º: La información del Programa podrá ser solicitada en Casas de Provincias y Secretarías de Cultura provinciales. Se difundirá en radios, diarios nacionales y provinciales, a través de agencias de noticias nacionales; se enviará por correo electrónico a las organizaciones sociales que se registran en bases de datos o que se encuentran vinculadas en...

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