Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, 8 de Agosto de 2013, expediente P-254/11

Fecha de Resolución 8 de Agosto de 2013

Poder Judicial de la Nación Expte. nº P-254/11.-

RAIN, M.E. s/psa.

inf ley 23.737

.

-VEREDICTO/FUNDAMENTOS-

JF. R..-

modoro R., 08 de agosto de 2013.

VISTA:

La constitución del tribunal a fin de fallar la causa n° P–254/11, caratulada “RAIN, M.E. psa. de inf.

ley 23.737–Trelew”, en trámite ante el Juzgado Federal de 1ª

Instancia de Rawson, al haberse diferido en la audiencia celebrada el 27/3/12, la resolución referida a la situación procesal de M.E.R., según lo autorizado por el art. 455, párrafo 2°, del C.P.P.N., con la integración del tribunal –3er. juez de cámara– dispuesta a fs. 359,

Y CONSIDERANDO:

I.– A fs. 335/339 vta. el a quo dictó el procesamiento sin prisión preventiva de M.E.R. en orden al delito de tenencia de estupefacientes con fines de USO OFICIAL

comercialización agravado por servirse de un menor de edad –hecho cometido entre el 24/6 y 15/10/11– (arts. 5, inc. c, y 11, inc. a,

ley 23.737) y el embargo de sus bienes por la suma de $ 3.000

(arts. 306, 310 y 518, párrafo 1º, C.P.P.N.), decisión que el defensor oficial ad hoc del nombrado apeló a fs. 345/349,

concediéndose el recurso a fs. 351.

II.– En esta instancia, a fs. 358, se celebró la audiencia establecida por el art. 454 del C.P.P.N., compareciendo el defensor oficial ante esta cámara de apelaciones, ocasión en la que asumió la posición reflejada en la grabación del audio registrado ese día.

Quedó así la causa en condiciones de ser resuelta, luego de la integración del Cuerpo señalada en el exordio, por no haberse alcanzado entre los 2 camaristas intervinientes en la audiencia oral, la unidad de criterio necesaria para decidir.

III.– Cuadro fáctico.

  1. Se atribuye a M.E.R. (27) la posesión para la venta el 15/10/11, alrededor de las 20.50 hs., en su domicilio de la calle J. de la Piedra nº 245, del Bº

    Malvinas Argentinas

    , de Trelew, Pcia. del Chubut, de 123,96 gr.

    de sustancia polvorienta blanca conteniendo 56,434 gr. de clorhidrato de cocaína pura y de 5,98 gr. de cannabis sativa con una concentración promedio de THC del 2,65 %, situación constatada luego de la investigación policial desarrollada entre el 23/6 y 17/8/11, el 1/9 y 6/9/11 y el 17/9 y 11/10/11.

    La pesquisa se inició en razón de la misiva anónima, de cuyo contenido funcionarios de la Delegación Rawson de la Policía Federal Argentina se imbuyeron el 23/6/11, procediendo en consecuencia durante el lapso señalado anteriormente.

    La atribución a R. incluye el valimiento que para el desarrollo de su actividad, el nombrado habría hecho de una persona del sexo masculino menor de edad, a saber: E.A.W., nacido el 15/1/96.

  2. La investigación policial tuvo su desenlace el 15/10/11, a partir de las 20.50 hs., en virtud de la nueva orden de allanar y registrar domicilios y vehículo, requisar personas y secuestrar cosas, emitida por el titular del juzgado federal de Rawson el 14/10/11, en reemplazo de las libradas por la juez federal subrogante el 9/9/11 y validadas por ella el 13/9/11.

    Las medidas se realizaron en los lugares y con los hallazgos de efectos que se indican a continuación:

    1. – Inmueble de la calle J. de la Piedra nº

      245, del Bº “Malvinas Argentinas”, de Trelew, Pcia. del Chubut, el 1º ingresando al pasillo, domicilio de M.E.R.,

      vivienda con rejas oxidadas de color amarillo que ofician de puerta para el ingreso al patio de la vivienda, pintada de color blanco, con 2 pequeñas ventanas con rejas también oxidadas y otra ventana sin rejas que da al pasillo:

      1.1. en poder de R.: $ 92 y un celular marca “Samung”;

      1.2. living: en uno de los bolsillos de una campera negra “Columbia” colgada de un perchero de madera, 11

      cilindros de sustancia blanca compacta, tipo “tizas”, recubiertos con nylon negro y film, 9 de 1.6 x 4 cm. de diámetro y 2 de 1.6 x 3.9 cm. de diámetro, que pesaron 9,78, 9,88, 9,83, 9,93, 9,87,

      9,87, 9,97, 9,99, 9,92, 9,96 y 9,97 gr. –108,97 gr. en total–,

      conteniendo cafeína y 49,472 gr. en total de clorhidrato de cocaína –45,4 % de pureza promedio, según normas de Naciones Unidas–, aptos para preparar 989,448 dosis de 50 mg. y 494,724

      dosis de 100 mg.;

      1.3. comedor: en el piso, un envoltorio de nylon blanco conteniendo 0,19 gr. de sustancia polvorienta blanca conteniendo cocaína de imposible cuantificación por su escasa cantidad; en el modular, 5 chips –4 de “Claro” y uno de “CTI

      Móvil”– para teléfonos celulares, un papel para armar cigarrillos marca “Smoking”, un sobre con bicarbonato de Sodio marca Poder Judicial de la Nación Expte. nº P-254/11.-

      RAIN, M.E. s/psa.

      inf ley 23.737

      .

      -VEREDICTO/FUNDAMENTOS-

      JF. R..-

      Alicante

      , un tubo de cartón con nylon transparente tipo film, 4

      recortes de nylon y un celular marca “Nokia”;

      1.4. cocina: 2 tubos de cartón con nylon transparente tipo film, 2 recortes de nylon;

      1.5. dormitorio: sobre la mesita de luz, un plato de porcelana con restos de cocaína de imposible cuantificación por su escasa cantidad y, sobre él, 4 cilindros de sustancia blanca compacta, tipo “tizas”, 3 de ellos partidos, recubiertos los 3 más grandes con nylon negro y film y envuelto en un trozo de nylon blanco, azul y naranja el más chico, de 1 x 1.6, 0.5 x 1.6, 3 x 1.6 y 1.7 x 1.6 cm. de diámetro, que pesaron 2,20, 1,40, 7,55 y 3,84 gr. –14,99 gr. en total–, conteniendo cafeína y 1,019, 0,654,

      3,496 y 1,793 gr. –6,962 gr. en total– de clorhidrato de cocaína –

      46,3, 46,7, 46,3 y 46,7 % de pureza–, aptos para preparar en total USO OFICIAL

      139,227 dosis de 50 mg. y 69,613 dosis de 100 mg.; un cuchillo con mango negro y restos de cocaína de imposible cuantificación por su escasa cantidad en su hoja; una bolsa de nylon celeste conteniendo 1,24 gr. de material vegetal con semillas correspondientes a plantas de cannabis sativa, en las que se comprobó la presencia de los THC en una concentración del 2,7 %, un teléfono celular rosa y blanco marca “Sony Ericsson”; $ 450 en el interior de una zapatilla; en el cajón de otra mesa de luz, un teléfono celular marca “Nokia”; adentro de un placard de madera, un envoltorio de nylon celeste conteniendo 4,74 gr. de material vegetal compacto con semillas y moho, correspondientes a plantas de cannabis sativa, en las que se comprobó la presencia de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR