Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO - SECRETARIA, 9 de Febrero de 2017, expediente FCR 063002488/2013/TO01

Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO FCR 63002488/2013/TO1 Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: SCIENZA , J.E. Y OTROS s/INFRACCION LEY 26.364 DENUNCIANTE: PROCURADURIA DE TRATA DE PERSONAS Y SECUESTROS EXTORSIVOS Y OTRO huaia, 9 de febrero de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa FCR 63002488/2013/TO1 caratulada “SCIENZA, J.E. Y OTROS s/INFRACCION LEY 26.364” la solicitud de autorización de viaje de G.E..

Y CONSIDERANDO:

I- Que a fs. 3967 se agregó la solicitud de autorización de viaje efectuada por la defensa de D.G.E.. El mismo tendría como destino Lago Blanco (Chile), se realizaría entre los días 10 y 12 de febrero del corriente y se fundó

en que E. quería ir a pescar el fin de semana y acampar.

II- Contestada la vista corrida al F., este se opuso a que se conceda al nombrado la autorización solicitada, sostuvo su postura teniendo en cuenta la gravedad de los hechos atribuidos en la causa y que fueran calificados en el requerimiento de elevación a juicio (delito de trata de personas mayores de edad agravado arts. 145 bis, 145 ter 1 y 4 C.P), así como que la causa se encuentra próxima al debate y que los motivos invocados no aparecen como imperiosa necesidad.

III- De la lectura del pedido de autorización de viaje, no se advierte que existan motivos suficientes, ni circunstancias especiales que permitan levantar las prohibiciones que fueran impuestas a E. al momento de su excarcelación (fs.

2207vta), en oportunidad de recibirle declaración indagatoria, entre las que se encuentra la de salir de la provincia.

Como ya hemos manifestado en otras oportunidades (“FCR 4217/2016/3/CA3 Toledo, D.N. s/

incidente de excarcelación” )la intensidad de la medida señalada, Fecha de firma: 09/02/2017 Firmado por: L.A.G., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: A.M.D.´ALESSIO, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.A.M., SECRETARIA #29168320#171349673#20170209142008412 importa – de cara al encarcelamiento preventivo- una restricción de derechos fundamentales de menor severidad, cuya aplicación se adecúa a los preceptos normativos, la jurisprudencia y los estándares internacionales que imperan en la materia, como así...

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