Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA, 19 de Septiembre de 2016, expediente FRO 051000815/2012/TO01

Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL FRO 51000815/2012/TO1 SENTENCIA N° /16.-

Santa Fe, de septiembre de 2016.-

AUTOS Y VISTOS: Éstos caratulados “CASTAÑEDA, S.A. – MOLINA, E.O. –G., CRISTIAN DAVID S/ Inf. Art. 5° inc. c) de la ley 23.737", E.. N°

51000815/2012/TO1 de entrada ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe; incoada contra S.A.C., argentino, casado, instruido, albañil, D.N.

  1. 21.421.235, nacido el 26 de mayo de 1970 en esta ciudad, hijo de G.A. y de S.Z.A., domiciliado en calle Monseñor Brasca N° 422 de la ciudad de Rafaela; E.O.M., argentino, soltero, sin instrucción, albañil, D.N.

  2. N° 32.503.438, nacido el 8 de noviembre de 1986 en la ciudad de Rafaela, hijo de R.A. y de N.B.A., con domicilio en calle F. delS.N.° 1444, de la ciudad de Rafaela; y contra C.D.G., argentino, soltero, instruido, peón de albañil, D.N.

  3. N° 38.449.063, nacido el 14 de junio de 1992 en la ciudad de Rafaela, hijo de A.A. y de Transita Itatí Flettes, con domicilio en calle F. delS.N.° 1429 de la ciudad de Rafaela, todos actualmente alojados en la Comisaría 13, Fecha de firma: 19/09/2016 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.E.L., SECRETARIO DE CAMARA #28365494#162186632#20160915125528643 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL FRO 51000815/2012/TO1 perteneciente a la UR I de la Policía de la provincia de Santa Fe, en los que intervienen el F. General, Dr.

    Martín

  4. Suárez Faisal, el Sr. Defensor Público Oficial, Dr. F.S.; de los que, RESULTA:

  5. Que tiene comienzo la presente causa en virtud de las tareas investigativas llevadas adelante por personal de la Brigada Operativa Departamental V de Rafaela, provincia de Santa Fe, a raíz de una denuncia telefónica realizada al 911 dando cuenta que en el domicilio de calle F. delS.N.° 1371 un tal C. estaría comercializando estupefacientes.

    En las tareas de investigación la fuerza preventora informó (fs. 21/27 y 41/47) que en el domicilio investigado reside S.C., y que concurren muchas personas, permaneciendo allí por escaso tiempo; se agregaron vistas fotográficas y fílmicas de la vivienda investigada y del nombrado (fs. 5/19).

    En dicho marco, se pudieron concretar procedimientos denominados “de corte” en los que se produjo la detención de J.S. y A.M.N. (exptes. N° 917/12 y 918/12 agregados por cuerda) a quienes se les secuestro material estupefaciente Fecha de firma: 19/09/2016 que llevaban Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.E.L., SECRETARIO DE CAMARA #28365494#162186632#20160915125528643 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL FRO 51000815/2012/TO1 consigo, siendo interceptados luego de retirarse del domicilio observado (fs. 21/27 y 41/47).

    Luego de una profunda tarea investigativa se pudo determinar que, por conflictos con vecinos del barrio Z., S.A.C. se había mudado al domicilio de calle Monseñor Brasca N° 422 de Rafaela, desde donde no se detectaron movimientos de comercialización, pero que el mismo continuaba con su accionar delictivo proveyendo el material estupefacientes a quienes luego lo comercializan en dos domicilios a los que concurre cotidianamente, uno de calle F. delS.N.° 1444 donde residen E.O.M., R.A.A., C.A. y M.T. y desde el cual se pudo advertir movimientos típicos de comercio de estupefacientes, principalmente bajo la modalidad “delibery” por parte de Molina y al menudeo por parte de los otros investigados; el otro ubicado en la misma calle a la altura catastral del 1429, donde reside C.D.G., a quien también se lo divisó en el domicilio anterior (fs. 130/186).

    Dispuesta por el juzgado instructor la realización de los allanamientos de las fincas investigadas, el día 2 de enero del corriente año se irrumpió en el domicilio de Fecha de firma: 19/09/2016 calle B.N.° 422 y en presencia de los testigos civiles, Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.E.L., SECRETARIO DE CAMARA #28365494#162186632#20160915125528643 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL FRO 51000815/2012/TO1 se constató la presencia en el lugar de S.A.C., quien residía en el domicilio junto a sus padres N.G. y F.C., a quien se le secuestró

    desde arriba del freezer un arma de fuego tipo pistolón calibre 32 y seis cartuchos de ese calibre.

    Luego se requisa la vivienda emplazada en el fondo del patio, secuestrándose desde el interior de un ropero dos envoltorios de nylon con marihuana. Seguidamente se procede a la detención de S.C. y la remisión del arma a la Seccional 15 de Rafaela con las actuaciones correspondientes (confrontar acta de procedimiento de fs.

    240/243, análisis del Laboratorio Químico de la droga secuestrada de fs. 244/245 y croquis de fs. 246).

    En la misma fecha se allana el domicilio de calle F. delS.N.° 1444 y en presencia de los testigos de procede a requisar la...

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