Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA, 29 de Noviembre de 2016, expediente FGR 081000857/2013/0

Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 81000857/2013/

Principal en Tribunal Oral 0 - RECURRENTE: MONTECINO, H.I. Y OTROS s/Ley estupefacientes General Roca, 29 de noviembre de 2016.-

AUTOS Y VISTOS:

Las presentes actuaciones caratuladas:

MONTECINO, H.I. y otros s/ ley de estupefacientes (expte. nro. 81000857/2013)

, puestos a despacho para resolver, y; CONSIDERANDO:

  1. Que en la presente causa J.R.N. fue condenado a la pena única de seis (6) años de prisión efectiva y multa de $2500, tras ser considerado coautor penalmente responsable del delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de tenencia con fines de comercialización, agravado por la intervención de tres o más personas organizadas para cometerlo (art. 5 inc. “c” de la ley 23.737, 45 del C.P., 530 y 531 del C.P.P.N.), fallo que en su oportunidad fue confirmado por la Excma. Cámara Federal de Casación Penal.

    De acuerdo a las constancias obrantes a fs.

    1466/1471, N. fue detenido el día 28 de septiembre de 2012, recuperando su libertad el día 22 de enero del corriente año, por haber sido excarcelado en los términos de la libertad condicional.

    En función de lo expuesto, el nombrado agota la pena impuesta el día 28 de septiembre de 2018, caducando la inscripción registral el día 28 de septiembre de 2028 (cfme. art. 51 inc. 2 C.P.).

    Por otra parte, J.O.B. fue condenado a la pena única de cuatro (4) años de prisión efectiva y multa de $1000, por ser considerado coautor penalmente responsable del delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc. “c” de la ley 23.737, 45 del C.P., 530 y 531 del C.P.P.N.), sentencia confirmada por la Excma. Cámara Federal de Casación Penal.

    Fecha de firma: 29/11/2016 Firmado por: A.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.B., Secretaria de Cámara #3264592#167922735#20161129124856629 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 81000857/2013/

    De las constancias del sumario, surge que B. fue detenido el día 28 de septiembre de 2012 (cf. fs.

    1417/1425), recuperando su libertad el día 15 de enero del corriente año, en el marco del incidente de Ejecución nro.

    10, agotando la pena el día 28 de septiembre de 2016, caducando la inscripción...

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