Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - Sala II, 19 de Febrero de 2015, expediente FSM 063957/2014/12/CA003

Fecha de Resolución19 de Febrero de 2015
EmisorSala II

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II.SEC. PENAL 2 FSM 63957/2014/12/CA3 “J.R.B., O.A., D.S., L.B.V., F.D.P.R.M.P. y D.F.D. s/inf. ley 23737”.

REGISTRO DE CÁMARA N° 7519 San Martín 19 de febrero de 2015.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I.

El Juzgado Federal n° 1 de San Martín dispuso lo siguiente:

  1. ) El procesamiento y la prisión preventiva de José

    María Romero Brítez, en orden a los delitos de transporte de estupefacientes agravado por la intervención organizada de tres o más personas, en carácter de organizador, en concurso real con el delito de confabulación y la tenencia de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización (arts. 45, 55 y 189, bis, inc. 2°, apartado 1, CP, arts. 5°, inc. “c”, 7, 11, inc. “c” y 29 bis, ley 23.737; fs. 223/257, punto dispositivo I).

  2. ) El procesamiento y la prisión preventiva de O.N.A. y D.S., en orden al delito de transporte de estupefacientes agravado por la intervención organizada de tres o más personas (arts. 45 y 55 y arts.

  3. , inc. “c” y 11, inc. “c”, ley 23.737; fs. 223/257, punto dispositivo II).

  4. ) El procesamiento y la prisión preventiva de L.B.V. y de F.R.D.P., en orden a los delitos de transporte de estupefacientes agravado por la intervención organizada de tres o más personas en concurso real con tenencia de arma de guerra sin la debida autorización y resistencia a la autoridad (arts. 45, 55 y Fecha de firma: 19/02/2015 Firmado por: A.A.L. Firmado por: DANIEL MARIO RUDI Firmado(ante mi) por: M.F.P., SECRETARIO DE CAMARA 189 bis, inc. 2°, segundo párr. y 239, CP y arts. 5°, inc.

    c

    y 11, inc. “c”, ley 23.737; fs. 223/257, punto dispositivo III).

    Las defensas de los cuatro imputados promovieron recurso de apelación y, en la instancia, mantuvieron las impugnaciones (fs. 290/295 y 365 –S. y Alegre-, 296/v. y 356/358 –Vega y D.P.- y 297/316v. y 353/v. –R.B.-).

    Por su lado, el F. General no adhirió al trámite recursivo; mientras que la defensa de D.F.D., sí lo hizo. La nombrada se encuentra procesada con prisión preventiva, en orden al delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (arts. 45, CP y 5°, inc. “c”, ley 23.737; fs. 223/257, punto dispositivo IV, fs 352 y 359).

    II.

    Asimismo, tramitan en forma paralela las solicitudes excarcelatorias promovidas en favor de D.F.D. y de J.M.R.B. (leg. FSM63957/2014/11/CA2, fs.8/11v., 17/20, 34 y 35/v. y leg. FSM63957/2014/1/CA1, fs.

    9/11v., 13/18, 32 y 43/v.).

    Ambas peticiones fueron denegadas por el juez instructor y las defensas apelaron la decisión. Los asesores letrados mantuvieron en la instancia el trámite recursivo, sin adhesión del F. General.

    Luego, en esta resolución, el Tribunal tratará todas las apelaciones mencionadas precedentemente.

    III)

    Fecha de firma: 19/02/2015 Firmado por: A.A.L. Firmado por: DANIEL MARIO RUDI Firmado(ante mi) por: M.F.P., SECRETARIO DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II.SEC. PENAL 2 FSM 63957/2014/12/CA3 “J.R.B., O.A., D.S., L.B.V., F.D.P.R.M.P. y D.F.D. s/inf. ley 23737”.

    REGISTRO DE CÁMARA N° 7519 SITUACIÓN PROCESAL DE O.N.A., D.S., L.B.V.Y.F.R.D.P..

    El 10 de diciembre de 2014, a raíz de las tareas investigativas que se venían desarrollando en el legajo, fueron detenidos los mencionados en el epígrafe, con el siguiente detalle.

    O.N.A. y D.S. viajaban en el Fiat Siena dominio ENK-658, y en el automóvil fueron comisados 97 envoltorios de marihuana con un peso total de más de 54 kilogramos [54,739]. (v. actas de fs. 97/101 y 163/v. y estudio pericial de la Prefectura Naval Argentina, fs. 283/284).

    Los restantes, L.B.V. y Fredy Rolando Duré

    Páez [y R.M.P., también procesado en el legajo], viajaban en el Chevrolet Corsa dominio EFY-037, y el procedimiento de marras habría tenido ejecución bajo estas circunstancias.

    El automóvil Chevrolet Corsa se desplazaba en custodia del otro vehículo que transportaba los estupefacientes y, ante la presencia policial, se intentó eludir a la autoridad enfrentamiento armado mediante y colisión de vehículos.

    Nótese que en la ocasión y próximo al vehículo, se incautó

    una pistola FM Hi Power calibre 9 milímetros, apta para el disparo (v. acta fs. 97/101, fotografías de fs. 97/101v. y 104/106, testimonios fs. 179/182, 183/186v., 189/191v., 201/204v. y 206/207v. y pericial balística de fs. 208 y fs.

    272/282 -da cuenta que el automóvil policial Peugeot modelo P., dom. IPL -652, utilizado por la autoridad al momento Fecha de firma: 19/02/2015 Firmado por: A.A.L. Firmado por: DANIEL MARIO RUDI Firmado(ante mi) por: M.F.P., SECRETARIO DE CAMARA de interceptar al Chevrolet Corsa, presenta un impacto de arma de fuego sobre ventanilla anterior izquierda –borde del parante-; el impacto es compatible con un proyectil 9 mm. o superior ).

    El procedimiento descripto no es un hecho aislado.

    Por el contrario, el material informativo que se venía recopilando en el legajo y vinculado a las comunicaciones que realizaba el coimputado J.M.R.B. indicaría, con base en las reglas de la experiencia y el sentido común, la posible existencia de una organización criminal dedicada al tráfico de drogas.

    N. sobre el particular, las múltiples comunicaciones telefónicas detalladas en el considerando V abajo, que condujeron a individualizar a los ahora procesados .

    Se advierten, en principio, diálogos en lunfardo, es decir con un tecnolenguage de criminales para ocultar su actividad ilegal frente a terceros. Así, en las comunicaciones se mencionan palabras del lenguage habitual con otro contenido significativo o utilizados como metáforas, etc: zapatillas baratas 110, 120 y 130; el material que soles querer; la costura; iba a necesitar un par de zapatillas, hoy por lo menos 7; 3 bolsas de cemento y cinco clavos; la galletita esa así te dejo todo armada; las 10 remeritas esas; zapatillas y remeritas; llevando pilas; esas 100 tizas; 100 pilas; 200 tachos; 100 tachos nomás; necesito la cantidad de 10; necesito un balde para la foto; si eso van a querer 3.0 pero quieren ver el balde entero; un entero traéme para la foto; retirando leche; 10 bolsas de Fecha de firma: 19/02/2015 Firmado por: A.A.L. Firmado por: DANIEL MARIO RUDI Firmado(ante mi) por: M.F.P., SECRETARIO DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II.SEC. PENAL 2 FSM 63957/2014/12/CA3 “J.R.B., O.A., D.S., L.B.V., F.D.P.R.M.P. y D.F.D. s/inf. ley 23737”.

    REGISTRO DE CÁMARA N° 7519 cemento; las pilas; 20 tizas nomás; 10 tachitos (marihuana fraccionada al menudeo) de pintura; tenés esa linda 100 gramos; tenés yerba de medio para darme ahora y yo te doy un mil; un kilo; esa pintura blanca (cocaína) necesito; tachos (panes) de pintura verde (marihuana).

    Inclusive, en el marco de este escenario probatorio se inscriben otras evidencias que, sana crítica mediante, son útiles para reafirmar el cuadro preliminar de responsabilidad; en diáfana conexión entre estos imputados y el encausado R.B..

    En los albores de la pesquisa, las tareas de observación sobre el domicilio de J.M.R.B., permitieron detectar en el lugar un automóvil Chevrolet Corsa dominio EFY-037, al igual que un Volkswagen dominio CSP-129 (v. informe de fs. 35/47v.). Precisamente, el primero de los vehículos [dom. EFY-037] es la unidad que actuaba de apoyo y custodia sobre el Fiat Siena, dominio ENK-658 que transportaba la droga. El segundo (dom.CSP-129), es el rodado dónde fue detenido R.B. cuando salía de su vivienda (acta del 10-12-14, fs. 116/118).

    Agregamos, otro elemento de juicio que, en el contexto de la pesquisa y a título indiciario, se computa en la misma dirección cargosa.

    El 23 de septiembre de 2014 se registra en el teléfono de J.M.R.B. la siguiente plática: J. (j) y R. (r), (j) este tiene material ahora, que tal el material (r) la verdad no tengo la menor idea porque yo jugué de delantero nomás, y no se, me vine a casa, no sé

    Fecha de firma: 19/02/2015 Firmado por: A.A.L. Firmado por: DANIEL MARIO RUDI Firmado(ante mi) por: M.F.P., SECRETARIO DE CAMARA como estaba nada, lo que sí tengo entendido que iba a entregar así todo junto pero no se más nada (fs. 59/v.).

    El análisis de la comunicación, a partir de una visión integral y encadenada del plexo probatorio nos enfrentaría ante un diálogo que, a primera vista, enmascara el real contenido de la conversación, y con alta probabilidad una situación análoga a la probada en principio el 10 de diciembre de 2014 (fs. 97/101v.). R. [RicardoM.P., que viajaba en el Chevrolet Corsa EFY-037 al ser detenido el 10-12-14, además es chofer, v. indag. fs.

    148/150], habría en la ocasión ejecutado actos pretéritos bajo un modo operativo similar al que se describe al momento de su detención en este legajo. El diálogo indica la entrega de algo –material- y el agente no conoce en detalle la calidad del material porque “juega de delantero”, se deduce que va en un auto de alerta y custodia y, por esa razón, no puede brindar detalles sobre el material que un tercero entregó.

    Las evidencias descriptas, junto a las anotadas por el juzgado instructor, aplanan la posición defensista.

    Primero, se ha probado, a primera vista, que los estupefacientes eran llevados en el automóvil Fiat Siena, dominio LNK-658; así la imputación de tráfico, bajo la modalidad de transporte, quedó consolidada.

Segundo

Esta obra criminal habría contado con el aporte de una pluralidad de agentes que actuaron en forma organizada o ánimo socio y en el tramo ejecutivo del ilícito; último aspecto que constituye la nota distintiva de la autoría criminal (art. 45, Cód. Penal).

Fecha de firma: 19/02/2015 Firmado por: A.A.L. Firmado por: DANIEL MARIO RUDI Firmado(ante mi) por: M.F.P., SECRETARIO DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II.SEC. PENAL 2 FSM 63957/2014/12/CA3 “J.R.B., O.A., D.S., L.B.V., F.D.P.R.M.P. y D.F.D. s/inf. ley 23737”.

REGISTRO DE CÁMARA N° 7519 Asimismo, en principio, se advierte una ordenada logística que incluyó medios de comunicación y transporte...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR