Sentencia de Sala 6, 5 de Mayo de 2016, expediente CCC 005015/2016/1/CA001

Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2016
EmisorSala 6

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA 6 (JF)

CCC 5015/2016/1/CA1 LARROSA, C.L.S.J. de Menores nro. 2, Secretaría nro. 5 Buenos Aires, 5 de mayo de 2016.-

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Celebrada la audiencia y la deliberación pertinente, analizaremos el recurso interpuesto por la defensa (ver fs. 6/12 del legajo de apelación y fs. 70/73 del principal), contra el auto de fs. 1/3 de esa incidencia y fs. 66/67 del principal que declaró no punible a C.L.L. y, en consecuencia, lo sobreseyó.

  2. Sostuvo el recurrente en su escrito de apelación que la magistrada de la instancia anterior no respetó el orden de prelación establecido en el artículo 336 del Código Procesal Penal de la Nación y que de acuerdo a las constancias de la causa correspondía sobreseer a L., no en razón de su edad, sino por aplicación del inciso 4º de esa norma.

  3. El oficial F.P. relató que el pasado 27 de enero a las 23:45, cumplía funciones en la intersección de L. y Esmeralda de esta cuidad donde observó a un hombre en aparente estado de intoxicación etílica al que intentó brindarle su ayuda.

En ese instante el imputado, que estaba muy alterado aludió

estar en desacuerdo con el proceder…

y al pretender calmarlo, inició un forcejeo que culminó con su detención.

Finalmente expresó que durante la aprehensión del menor resultó lesionado en su pulgar izquierdo (ver fs. 7/7vta.).

En igual sentido se expidió el oficial I.A.I. (ver fs.

1/2).

Sentado ello, si bien P. fue precisó al narrar las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se desarrolló el suceso, lo cierto es que su relato no encuentra sustento en prueba alguna que permita tener por acreditada la responsabilidad de L. en el mismo.

Nótese que el menor al ingresar al “Centro de Admisión y Derivación (CAD) – Ú.L. de Inchausti” refirió “…haber sido Fecha de firma: 05/05/2016 Firmado por: MARIO FILOZOF, JUEZ DE CAMARA Firmado por: JULIO M.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.M.C., SECRETARIA DE CÁMARA #28262140#151740103#20160505133135860 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA 6 (JF)

CCC 5015/2016/1/CA1 LARROSA, C.L.S.J. de Menores nro. 2, Secretaría nro. 5 víctima de malos tratos al momento de su detención…” y que “Cuando estaba en la zona del obelisco hablando con un borracho que vive en...

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