Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ- SECRETARIA, 28 de Diciembre de 2016, expediente FPA 000837/2016/TO01/3

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ- SECRETARIA

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ

raná, 28 de diciembre de 2016.

Agréguese el dictamen fiscal que antecede y en consecuencia, PASEN LOS AUTOS AL ACUERDO.

RESOLUCIÓN N° 388/16 raná, 28 de diciembre de 2016.

VISTO:

El presente incidente N°: FPA 837/16/TO1/3 caratulado: “INCIDENTE DE EXCARCELACIÓN DE R.M.A.”, Y CONSIDERANDO:

I) Que a fs. 26/28 comparece la Dra. C.A.B. solicitando la excarcelación a favor de la procesada M.A.R..-

Dice que RIOS se encuentra detenida desde hace 5 meses, que la misma carece de antecedentes penales y trabaja en la Municipalidad de V..-

Refiere a que no existe peligro de fuga – ya que la misma tiene suficiente arraigo, una familia, y un trabajo formal – ni peligro procesal actual alguno.-

Avala su pedido en doctrina, jurisprudencia y lo prescripto en los arts. 18 y 75 inc. 22 de la CN; arts. 7 y 8.2 de la C.I.D.H.; arts. 10 y 14.2 del P.I.D.C. y P y arts. 2, 280, 316, 317, 318, 319, 320 sig. y conc. del C.P.P.N.

Termina solicitando la excarcelación de la misma bajo caución juratoria.-

II) Corrida la pertinente vista al Ministerio Público, el Sr. Fiscal General, Dr.

J.I.C., se expide a fs. 30/35 Vta., entendiendo que no corresponde hacer lugar al beneficio solicitado.-

Fecha de firma: 28/12/2016 Firmado por: L.G.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.L.A. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: B.M.Z., SECRETARIO DE CAMARA #29257573#170141407#20161228140159412 Postula que la restricción de la libertad del encartado durante la tramitación de una causa judicial puede ser restringida, ante la existencia de razones suficientes que así lo justifiquen, en pos de la realización del proceso.

Refiere al procedimiento que diera origen a los presentes autos, a los elementos allí secuestrados y a la imputación – Tenencia con fines de comercialización (art. 5 inc. “C” de la ley 23.737)-.

Considera que los motivos que justifican el encarcelamiento de un imputado, son el “peligro de fuga” o el “entorpecimiento de las investigaciones”; y que, en el caso, las presunciones legales no han sido rebatidas por RIOS, por lo cual entiende que continúan vigentes y por ende, sostiene que existe el peligro de que el imputado si recuperara su libertad pueda darse a la fuga.

Destaca que la imputada se encuentra detenido hace cinco (5) meses, siendo un tiempo que se enmarca dentro de los límites establecidos legalmente.

Concluye solicitando la denegación de la...

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