Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 22 de Marzo de 2017, expediente FMZ 025587/2016/1

Fecha de Resolución22 de Marzo de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B FMZ 25587/2016/1 Mendoza, 22 de marzo de 2017.-

Y VISTOS:

Los presentes obrados: n° FMZ 25587/2016/1/CA1, caratulados: "Incidente de Excarcelación de BLANCO SANHUEZA, G.H. POR INFRACCIÓN LEY 23.737 (ART. 5 INC.C)", venidos a esta Sala "B" en virtud del recurso de casación interpuesto a fs. sub. 67/71, por la defensa del imputado G.H.B.S., en contra de la resolución de fs. sub. 64/66, en cuanto no hace lugar al recurso de apelación incoado por la defensa del imputado y confirma la resolución del Juez de instrucción que deniega los beneficios de la excarcelación al mismo.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que en el escrito referido, el defensor de G.H.B.S., sostiene que el recurso interpuesto cumple con los requisitos de legalidad exigidos por el código de rito; de agotamiento de la vía ordinaria y decisión equiparable a sentencia definitiva.

    Señala que la resolución que ataca, adolece de vicios “in procedendo” y que la misma omite observar garantías constitucionales tales como la ausencia de riesgo procesal y las condiciones personales del imputado.

    Por las razones expuestas, solicita la admisión formal del presente recurso y su elevación a la Exma. Cámara de Casación Penal.

    Fecha de firma: 22/03/2017 Firmado por: R.N. -R.A.F., Jueces Subrogantes de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza Firmado(ante mi) por: R.H.M., Ante Mí. Secretario de Cámara 1 #28859253#173781398#20170313132430213

  2. Que este Tribunal considera, en base a las consideraciones que se expondrán a continuación, que debe ser concedido el recurso impetrado.

    Primeramente debe destacarse que, si bien la resolución atacada no puede ser considerada “sentencia definitiva” en sentido estricto, conforme las previsiones del artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación; la misma, al privar de libertad al imputado, causa un gravamen irreparable susceptible de habilitar la vía de la casación.

    En este sentido ha dicho la Cámara de Casación Penal: “La resolución que denegó la excarcelación del imputado es equiparable a sentencia definitiva a los fines del recurso de casación, pues resulta restrictiva de la libertad y, por ello, puede ocasionar un perjuicio de imposible o tardía reparación ulterior.” (CN Casación Penal; S.I.; 14/07/2000, Partes: P., C.E.; Publicado en:

    LA LEY 2001-C, 340).

    Que en la misma inteligencia, la Corte expresó:

    Es formalmente procedente el recurso extraordinario por el cual se cuestiona la...

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