Decreto 721. Decreto N° 101\/1985. Modificación.

Fecha de disposición31 Mayo 2016
Fecha de publicación31 Mayo 2016
SecciónDecretos

Decreto 721/2016

Decreto N° 101/1985. Modificación.

Bs. As., 30/05/2016

VISTO los Decretos N° 436 del 31 de enero de 1984, modificado por el Decreto N° 1229 del 22 de julio de 1994, N° 101 del 16 de enero de 1985, lo propuesto por el Señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario establecer procedimientos ágiles que permitan atender las cuestiones relacionadas con la gestión del personal de las Fuerzas Armadas, en el marco de la conducción civil de la Defensa Nacional.

Que resulta oportuno ordenar y actualizar el régimen de delegación de facultades en el Ministro de Defensa y en los Jefes de los Estados Mayores Generales de las Fuerzas Armadas, adaptándolo a las modificaciones en la organización institucional del Gobierno Nacional.

Que resulta conveniente adecuar, asimismo, las disposiciones en materia de designación del personal militar y civil para prestar servicios en la órbita del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS.

Que es primordial simplificar los circuitos administrativos, para dar respuesta a las necesidades del servicio de las Fuerzas Armadas, asegurando las correspondientes instancias de evaluación política en aquellos casos que se consideren necesarios.

Que la delegación de la facultad de designar al personal militar que ejercerá los cargos de la conducción superior de las Fuerzas Armadas con independencia del grado de dicho personal, así como la determinación de cuáles cargos sean los comprendidos en la mencionada categoría de "conducción superior", constituye un mecanismo de centralización y dirección civil del desempeño de aquellas funciones que se consideran de especial relevancia.

Que la determinación mencionada precedentemente no representará, por sí, impacto presupuestario adicional alguno.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 99 inciso 1° de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 13 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

Sustitúyense los apartados 3), 5), 6) y 7) del inciso c) del artículo 2° del Decreto N° 101 del 16 de enero de 1985 y sus modificatorios, los que quedarán redactados de la siguiente forma:

"3) Otorgamiento de los grados de Subteniente, Guardiamarina o Alférez a los...

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