Decreto 1708/2014
Fecha de la disposición | 29 de Septiembre de 2014 |
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 1708/2014
Decreto Nº 1691/2013. Modificación.
Bs. As., 29/9/2014
VISTO la Ley Orgánica del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL Nº 17.236, según texto Ley Nº 20.416, la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad Nº 24.660, el Decreto Nº 1343 del 30 de abril de 1974 y sus modificatorios, el Decreto Nº 505 del 25 de marzo de 1991 y sus modificatorios, el Decreto 1691 del 30 de octubre de 2013, su modificatorio; y
CONSIDERANDO:
Que el SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, tiene a su cargo la función estatal especializada en la ejecución de las penas privativas de la libertad de las personas alojadas bajo su jurisdicción.
Que el marco normativo actual indica que a través de la Ley Nº 20.416 se reemplazó el texto de la Ley Nº 17.236 y sus modificaciones, el cual conformaba la anterior Ley Orgánica del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, con características propias distintas de las leyes que rigen al personal de las demás fuerzas de seguridad.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL cuenta con la razonable amplitud de criterio que le acuerda la norma legal señalada, en cuyos límites, como Jefe de Gobierno y responsable político de la administración general del país, puede adoptar decisiones de política salarial en ejercicio de facultades discrecionales en base a criterios de oportunidad, mérito y conveniencia.
Que mediante Decreto Nº 1691 del 30 de octubre de 2013 fue creada, con carácter remunerativo y no bonificable, una Asignación Complementaria Transitoria para ser abonada hasta la aprobación de una nueva estructura retributiva del personal del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.
Que es propósito del GOBIERNO NACIONAL reconocer y mantener una adecuada jerarquización con relación a la capacidad, responsabilidad y dedicación del personal del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que para concretar tal propósito, resulta necesario adoptar medidas complementarias tendientes a incrementar los montos correspondientes a la Asignación Complementaria Transitoria remunerativa y no bonificable.
Que por el Decreto Nº 1343 del 30 de abril de 1974 y sus modificatorios se aprobó el Régimen de Compensaciones por “viáticos”, “reintegro de gastos”, “movilidad”, “indemnización por traslado”, “reintegro...
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