Decisión Administrativa 761. Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos, para el Ejercicio 2016.

Fecha de disposición28 Julio 2016
Fecha de publicación28 Julio 2016
SecciónDecisiones Administrativas

Decisión Administrativa 761/2016

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos, para el Ejercicio 2016.

Bs. As., 27/07/2016

VISTO el Expediente N° S01:0034451/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, la Ley de Ministerios (Texto Ordenado por el Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones, la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, 231 de fecha 22 de diciembre de 2015 y la Decisión Administrativa Nº 10 de fecha 19 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios (Texto Ordenado por el Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones, creando, entre otros, el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, a través del artículo 23 nonies, el que absorbió las funciones de diversas áreas del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, con competencia en cuestiones inherentes a la política nacional en materia de Energía y Minería.

Que por el Decreto Nº 231 de fecha 22 de diciembre de 2015, (modificatorio del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002), se incorporó a los Anexos I - Organigrama y II - Objetivos, del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, como Apartado XXVIII, la parte correspondiente al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, transfiriéndose a su órbita la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA, que pasó a denominarse SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y la SECRETARÍA DE MINERÍA.

Que, asimismo, a través del artículo 10 de la norma citada precedentemente, se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Que por el artículo 11 de dicha norma se aprobaron las Responsabilidades Primarias y Acciones de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA y de las unidades organizativas que conforman la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, ambas del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Que en esta instancia resulta necesaria la incorporación de diversas unidades al ámbito de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA y la aprobación de la estructura organizativa de primer nivel operativo de las restantes Subsecretarías y Secretarías del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, como asimismo, incorporar, homologar, reasignar y derogar diversas unidades pertenecientes al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de dicha Jurisdicción.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO, dependiente de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 16, inciso 29, de la Ley de Ministerios (texto ordenado por el Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en el artículo 6° de la Ley Nº 27.198.

Por ello,

EL JEFE

DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 58 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA para el Ejercicio 2016, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas (IF-2016-00413917-APN-MEM) al presente artículo, las que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º

Incorpóranse a la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, aprobada por el artículo 11 del Decreto Nº 231 de fecha 22 de diciembre de 2015, la Dirección de Préstamos con Organismos Internacionales, la Dirección de Despacho y Mesa de Entradas, la Dirección de Relaciones Institucionales, la Dirección de Sumarios, la DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL DE GESTIÓN y la DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMÁTICA, de conformidad con el Organigrama y Responsabilidades Primarias y Acciones que obran en Planilla Anexa (IF-2016-00413922-APN-MEM) al presente artículo, que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3º

Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICA TARIFARIA, de la SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS, de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA, de la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO y de la SECRETARÍA DE MINERÍA, todas ellas dependientes del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, de acuerdo con los Organigramas y Responsabilidad Primaria y Acciones que, como Anexos I, (IF-2016-00413870-APN-MEM), Ia (IF-2016-00413882-APN-MEM), Ib (IF-2016-00413887-APN-MEM), Ic (IF-2016-00413895-APN-MEM), Id (IF-2016-00413902-APN-MEM), y II (IF-2016-00413908-APN-MEM) forman parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 4º

Facúltase al titular del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar la estructura organizativa de nivel inferior a la aprobada por la presente medida, la que deberá prever un máximo de DOS (2) Auditorías Adjuntas, CUATRO (4) Responsables de Auditoría, DOS (2) Subdirecciones Generales, CUARENTA Y CINCO (45) Direcciones y CINCUENTA Y SEIS (56) Coordinaciones del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal, homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificaciones, las que a través del acto de aprobación serán incorporadas, ratificadas u homologadas, según corresponda, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción, con Nivel III (Dirección) y IV (Coordinación).

ARTÍCULO 5º

Incorpóranse, homológanse, reasígnanse y deróganse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, según el detalle obrante en las Planillas Anexas (IF-2016-00413928-APN-MEM) al presente artículo, que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 6º

Facúltase al titular del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación de la estructura que se aprueba por el presente acto, el cual deberá adecuarse a los cargos financiados y aprobados de conformidad con la Ley de Presupuesto vigente al momento de aprobación.

ARTÍCULO 7º

Hasta tanto se aprueben las unidades de nivel inferior a las aprobadas por la presente Decisión Administrativa, conservarán su vigencia las aprobadas, con sus acciones, dotaciones, niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 8°

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será imputado con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 58 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

ARTÍCULO 9º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Marcos Peña. -- Juan J. Aranguren.

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1º

PRESUPUESTO 2016

JURISDICCIÓN 58 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

PROGRAMA: 01 - ACTIVIDADES CENTRALES

PRESUPUESTO 2016

JURISDICCIÓN 58 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

PROGRAMA: 32 - FORMULACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA GEOLÓGICO - MINERA

PRESUPUESTO 2016

JURISDICCIÓN 58 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

PROGRAMA: 73 - FORMULACIÓN Y EJECUCIÓN DE POLÍTICA DE HIDROCARBUROS

PRESUPUESTO 2016

JURISDICCIÓN 58 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

PROGRAMA: 74 - FORMULACIÓN Y EJECUCIÓN DE POLÍTICA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2º

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

DIRECCIÓN DE PRÉSTAMOS CON ORGANISMOS INTERNACIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Intervenir en la formulación, gestión, supervisión, monitoreo y evaluación de los programas y proyectos con financiamiento multilateral que se desarrollen en el ámbito del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

ACCIONES:

  1. Orientar y coordinar con las áreas competentes la gestión de los programas y proyectos de cooperación técnico financiera del Ministerio, respecto de los programas y proyectos con financiamiento externo.

  2. Controlar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el Ministerio y las Agencias y Organismos Internacionales, de aplicación en el ámbito nacional, provincial, municipal y de Organismos Descentralizados y Autónomos, en el ámbito de su competencia.

  3. Vincular los programas y proyectos internacionales con los programas estables y permanentes de la estructura del Ministerio, en los aspectos sustantivos, estimulando la comunicación, la interacción y el intercambio.

  4. Evaluar la oportunidad y conveniencia del desarrollo y gestión de nuevos programas y proyectos internacionales, de competencia del Ministerio.

    SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

    DIRECCIÓN DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS

    RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

    Gestionar la recepción y salida de la documentación administrativa del Ministerio y la proveniente de otras jurisdicciones, recibiendo y despachando la documentación de particulares.

    Efectuar el registro y archivo de la documentación de la Jurisdicción.

    ACCIONES:

  5. Coordinar la recepción, registro, tramitación y comunicación de expedientes y...

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