ASOCIACIONES SINDICALES: Encuadramiento convencional. Acción del empleador contra el sindicato sin ejercer la opción del dec. 1040/01. Competencia laboral (TTrab. Morón N° 4, abril 3-2009)

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JURISPRUDENCIA
tierrez, Isidoro Lidoro c. Sistema s Eléctricos
y S ervicios S.R. L. y otros s/ despido”, S.D. nº
15.533 del 13/05/2009, entre otros). Ello, aun
apreciando el asunto desde la perspectiva es-
tricta con que la Corte Suprema de Justicia
de la Nación en reiteradas ocasiones señaló
que correspondía evaluar la conf‌iguración del
supuesto especial de responsabilidad de que
se trata (Fallos: 316:713, 1609, y muchos otros
posteriores). Esta conclusión toma en cuenta
—como queda expuesto— la apreciación que re-
quiere, en cada caso, la aplicación del supuesto
de solidar idad en cuestión (cfr. en i gual sentido
esta Sala —en anterior composición— en autos
“Amodey, Hector Osvaldo y otro c. Benassi S.A.
y otro s/despido”, S.D. nº 15.451 del 17/04/09) .
Sentado ello, la crítica que esboza respect o
de los rubros tomados c omo base en la con-
dena llega a esta alzada pues, más allá de la
invocada inexistencia de responsabilidad, no
expone una crítica concreta respecto de esos
ítems, por lo cual incumple con las directivas
del ar t. 116 de la L.O.
En cuanto a la ta sa de interés activa cuya
aplicación critica E desur S.A ., he de destacar
que la misma obe dece a la i ntención de pro-
curar mantener incólume el poder adquisitivo
del créd ito del demandante frente a la moro-
sidad de su pago y así fue contemplado en el
Acta 2357 del 07/05 /2002 por esta Cámara,
atent o las cir cunstan cias coyuntu rales del
país a partir de dicha época, que por resultar
post erior a l a invo cada en l os pr ecedente s
denunciados en el recurso dejan sin su stento
la queja, máx ime cuanto tampoco la apelante
ilustra al Tribunal acerca de las circ unstan-
cias que evidencien que tal interés resultaría
exces ivo com o ref iere en su crítica (cf. art.
116, L.O.)».
El doct or Balestrini dijo:
Por compar tir los fundamentos adhiero al
voto que antecede.
El doct or Corach no vota (art. 125, L.O.).
A mérito del acuerdo que antecede, el Tri-
bunal resuelve: 1) Conf‌i rmar la sentencia de
primera insta ncia en lo q ue fue materia de
apelación; 2) Imponer las costas de alzada a
cargo de las demandadas en forma solidaria.
Pompa. — Balestrini.
ASOCI ACIONES SINDICALE S: Encua-
dramient o con vencio nal. Acción del
emp lead or cont ra el si nd icato s in
eje rcer la opci ón del dec . 1040 /01.
Competencia laboral
· Es competente el tribunal del trabajo en la
acción meramente declarativa incoada por el
empleador en su calidad de agente de retención
y contribuyente de cuotas solidarias contra una
asociación sindical (UPFPARA) , por la cual
se persigu e hacer c esar la incertidumbre que
le o casiona el encuadre convencional que ha-
bía efectuado tal sindicato al determinar una
deuda respecto de dependien tes que estaban
registrados como viajantes de comercio.
2. — Deducida por el empleador una ac-
ción contra el sindicato a f‌in de hacer cesar
la incertidum bre sob re el correct o encua dre
convencional de un grupo d e dependientes, sin
optar por recurrir al Ministerio de Trabajo en
los términos del dec. 1040/01 por n o haberse
entablado un conf‌licto intersindical, esta cir-
cunstancia impide considerar la aplicabilidad
al ca so d el art. 59 de la ley 23.551 y el men-
cionado decreto a los efectos de determinar la
competencia del Tribunal.
3. — Pl anteado un conflict o col ectivo de
encu adram iento en el que una as ociac ión
sindical sea parte, es aplicable el procedi-
miento establecido por los arts. 59 y 62 d e la
ley 23.551, resuelto el cual, recién la justicia
del trabajo será competente para l as ac ciones
tendientes a percibir los créditos derivados de
la obligación del empl eador d e actuar como
agente de retención (del voto en disidencia de
la doct ora go r d i L L o ).
29 77. — TT rab . Moró n Nº 4, a bri l
3-2009. — Erpa S.A. c. Unión Personal de
Fábricas de Pinturas y Af‌i nes de la R.A.
s/ acción declarativa, TySS, ’13 -809.
010 octubre 2013.indd 809 10/25/13 8:52:20 AM

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