Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA, 3 de Septiembre de 2019, expediente FGR 038696/2018/CA001

Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca “Z., S.F. c/ Gendarmería Nacional Argentina s/ amparo ley 16.986” (FGR 38696/2018/CA1) Juzgado Federal de Zapala General Roca, 3 de septiembre de 2019.

VISTO:

El recurso de apelación deducido por la parte demandada contra la sentencia definitiva; Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que la sentencia de primera instancia admitió

    el amparo promovido contra el Estado Nacional (Ministerio de Seguridad, Gendarmería Nacional Argentina) y lo condenó

    a adicionar en el haber de retiro del actor el suplemento establecido en la ley 19.485, calculado sobre el ‘Haber Mensual’ y los suplementos generales.

    Asimismo impuso las costas a la accionada y reguló

    los honorarios de los letrados de la parte actora.

    Contra ello la demandada interpuso recurso de apelación.

  2. ) Que la recurrente se quejó en primer término de los honorarios regulados a la dirección letrada de la parte actora por estimarlos elevados en relación a la extensión, mérito e importancia del asunto, así como la simplicidad y poca complejidad de la cuestión. Cuestionó, asimismo, que se afirmara que el proceso no era susceptible de apreciación económica, en la medida en que el incremento mensual del haber de los actores daba contenido económico a la litis.

    En el segundo agravio manifestó que la ley 19.485 y el decreto 1472/08 no son aplicables al personal de Gendarmería Nacional porque éstos se hallan sujetos a un específico régimen previsional que constituye una caja propia que no es nacional, en tanto los montos recaudados provienen de aportes de los gendarmes en actividad y no Fecha de firma: 03/09/2019 Alta en sistema: 04/09/2019 Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA —1—

    Firmado por: R.G.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.B., Secretaria de cámara #32934586#240976184#20190904100926796 del Estado.

    Recordó que la bonificación para residentes patagónicos fue creada para agentes del régimen general y la aplicación supletoria resultaba incompatible pues importaría convertir al sistema especial en una sumatoria de beneficios propios de la legislación general.

    Expuso que el haber de retiro del personal de gendarmería evolucionó notablemente en comparación con los importes establecidos por esa administración para el pago de la jubilación mínima, de acuerdo a una serie de decretos que enumeró y de los cuales el actor se vio beneficiado.

  3. ) Que con relación a la cuestión sustancial, el recurso debe ser...

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