Decreto 1472/2008

Fecha de disposición16 Septiembre 2008
Fecha de publicación16 Septiembre 2008
SecciónDecretos
Número de Gaceta31490


PRESUPUESTO


Decreto 1472/2008


Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008.


Bs. As., 15/9/2008


VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008, aprobado por la Ley Nº 26.337 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 15 de enero de 2008, y


CONSIDERANDO:


Que resulta necesario incorporar los créditos para atender los gastos no contemplados en el presupuesto vigente, principalmente aquellos resultantes de las mejoras en las remuneraciones para el personal dependiente del PODER EJECUTIVO NACIONAL, PODER LEGISLATIVO NACIONAL, PODER JUDICIAL DE LA NACION y MINISTERIO PUBLICO, y en las pasividades dispuestas por diversas normas legales durante el presente año, así como también por algunas medidas dictadas durante el Ejercicio 2007 con posterioridad al envío del Proyecto de Ley de Presupuesto 2008 al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION cuyos respectivos gastos no fueron contemplados en el mismo.


Que asimismo algunas reparticiones de la Administración Pública Nacional podrán absorber parcial o totalmente el costo de las mejoras indicadas mediante compensaciones de créditos y/o incremento de recursos que perciban.


Que también se considera imprescindible incrementar los créditos para atender el normal funcionamiento de las distintas jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional así como los programas de inversiones, transferencias y servicios de la deuda pública, a fin de asegurar la provisión de aquellos bienes y servicios que resulta indispensable garantizar por su impacto social y su incidencia en la actividad económica.


Que el aumento de las erogaciones proyectadas en la presente medida será financiado con recursos del Tesoro Nacional, en razón de una mayor recaudación sobre la estimación original del presupuesto vigente, como así también con recursos propios y con afectación específica que superan el cálculo vigente, resultando necesario exceptuar a algunos organismos de la aplicación del Artículo 9º de la Ley Nº 26.337 que dispone la incorporación de un porcentaje del aumento al Tesoro Nacional.


Que, asimismo, resulta necesario asignar al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS la facultad de entender en la administración, coordinación y ejecución de las políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios correspondientes a las participaciones accionarias pertenecientes al ESTADO NACIONAL en las empresas de transporte aéreo comercial, modificando a tal efecto el Título V de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias.


Que corresponde facultar al Organo Coordinador de los Sistemas de Administración Financiera a otorgar avales del Tesoro Nacional a favor del BANCO DE LA NACION ARGENTINA, con el fin de garantizar las obligaciones adicionales asumidas por los Fideicomisos estructurados para ejecutar la expansión de la red de gas natural, de acuerdo al financiamiento provisto por el Banco Nacional de Desarrollo de Brasil (BNDES) a sus exportadores en el marco del Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos de la ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (ALADI).


Que, además, con el fin de garantizar el financiamiento para la adquisición, suministro, construcción, montaje, puesta en marcha, supervisión de la operación y mantenimiento de las centrales de generación Termoeléctrica de Ensenada de Barragán y Brigadier López, corresponde autorizar al Organo Coordinador de los Sistemas de Administración Financiera al otorgamiento de avales del Tesoro Nacional a favor de ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (ENARSA).


Que corresponde arbitrar los medios necesarios para garantizar la concreción de las obras del plan director de la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA (AySA) denominadas: Planta Potabilizadora de Agua Paraná de las Palmas y Planta Depuradora de Líquidos Cloacales Berazategui, las que se desarrollarán con financiamiento del Banco Nacional de Desarrollo de Brasil (BNDES) en el marco del Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos de la ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (ALADI).


Que por lo expuesto en el considerando precedente, corresponde autorizar al órgano Coordinador de los Sistemas de Administración Financiera a otorgar avales del Tesoro Nacional a favor de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA.


Que entre las modificaciones proyectadas de gastos se destacan por su monto las otorgadas al MINISTERIO DE DEFENSA para el cumplimiento de las disposiciones de los Artículos 63 y 83 de la Ley Nº 26.337 como así también las necesarias para completar el financiamiento de gastos de funcionamiento, inversiones, recuperación de medios terrestres, marítimos y aéreos y modernización de aviones, sistemas de radares y equipamiento para misiones de paz y de la Campaña Antártica del verano 2008-2009.


Que en igual sentido cabe destacar el refuerzo presupuestario previsto para la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO (ONCCA), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, destinado a otorgar compensaciones al consumo interno mediante asignaciones a los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja como así también a productores tamberos e industria láctea.


Que el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS también recibe refuerzos en sus créditos para atender, entre otras necesidades, los Planes Federales de Vivienda; transferencias a empresas concesionarias del transporte ferroviario, a empresas de transporte aerocomercial y a empresas de servicios de transporte público de pasajeros por automotor; gastos en seguridad ferroviaria y gastos derivados de la construcción de la Central Termoeléctrica a Carbón Río Turbio; transferencia a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO (CAMMESA) para la importación de energía eléctrica y combustibles para generación de energía. Asimismo se prevén fondos para la construcción de gasoductos y para el proyecto "Centrales Termoeléctricas Timbúes y Belgrano", para la EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGIA CORDOBA destinada a la construcción de la obra "Central de Ciclo Combinado en la Central Pilar"; para los trabajos relativos a la Línea de Alta Tensión Comahue - Cuyo y para transferencias a provincias por mayores recursos del Fondo Especial de Desarrollo Eléctrico del Interior y del Fondo Nacional de la Energía Eléctrica.


Que dentro del citado Ministerio, se otorga un refuerzo crediticio a la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD destinado a dar continuidad a los trabajos de construcción y mantenimiento de rutas y al pago de servicios de la deuda.


Que asimismo se incrementan los créditos de la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para atender gastos operativos, proyectos de inversión y la adquisición de equipamiento y adelantos a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR