Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, 11 de Diciembre de 2008, expediente 46.220

Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2008

Poder Judicial de la Nación SISTENCIA, a los once días del mes de diciembre del año dos mil ocho.-

Y VISTO

Estos autos, registro de Cámara N° 46.220 caratulados:

"Doctor Wilmer Carrara -Abogado- s/ Solicita Regulación de Honorarios en expte.

Nº 43.622/05 carat.: `E.J.L. s/ Sup. I.. Ley 23.737' ", y CONSIDERANDO:

Que en el escrito obrante a fs. 1 el Dr. W.C., solicita se le regulen honorarios por su desempeño como C. en la causa mencionada precedentemente.-

Que examinados dichos autos, que se tienen a la vista, se aprecia que el mencionado profesional, quien aceptó el cargo el día 19/10/2007

-fs. 133-, integró el Tribunal en el carácter invocado, conjuntamente con la Dra.

A.V.O. Juez de Cámara-, dictando la resolución de fecha 27/11//2007; en virtud de la cual confirma la resolución recurrida.

Tales circunstancias tornan ajustado al caso el criterio sustentado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y aplicado por esta Cámara Federal, en el sentido de que la tarea de C. es asimilable a la de un Magistrado de la Nación, debiendo observarse, a los efectos de remunerar su actividad el tiempo empleado, la atención que prestó al asunto, la complejidad de la causa y demás aspectos atendibles en cada caso. Por todo ello, se estima adecuado en la especie establecer la retribución correspondiente a dicho profesional en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS ($1.200...

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